Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 16 de Julio de 1993

PonenteCARLOS LUCAS LÓPEZ T
Fecha de Resolución16 de Julio de 1993
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Procedente del Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, ha sido remitido a esta Corporación, el recurso de casación interpuesto por el apoderado judicial de J.C.M. DE CORONEL, contra el auto dictado por ese Tribunal el 8 de marzo de 1993 y que confirma en todas sus partes el auto de 28 de mayo de 1992, dictado por el Juez Primero del Primer Circuito Judicial de Panamá del ramo civil, en el cuaderno de medidas conservatorias de protección presentadas dentro del proceso ordinario propuesto por L.F.C.C. y F.C.C. contra Financiera Gipsy, S.A. y otras.

Repartido al Magistrado Sustanciador, se fijó en lista este negocio por el término de seis días para que dentro de los tres primeros la parte opositora al recurso alegara sobre su admisibilidad y para que dentro de los tres siguientes, replicara el recurrente.

Vencido el término de alegatos aludidos y habiendo sido utilizado por ambas partes, ha ingresado el presente expediente a este despacho a fin de resolver la admisibilidad del recurso.

La Sala observa que el auto objeto del recurso es de aquellos contra los cuales la ley concede la posibilidad de impugnarlo por esta vía, ya que se refiere al levantamiento de medidas conservatorias de protección; fue interpuesto en tiempo oportuno y el recurrente es persona hábil para interponerlo, ya que constituye la parte agraviada con el auto recurrido.

Observamos que el recurso se...

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