Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 30 de Noviembre de 2001

PonenteJOSÉ MANUEL FAUNDES R
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2001
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado H.R.M., quien interpuso acción de habeas corpus a favor de M.H.T.L. y contra el F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, en escrito presentado ante la Secretaría de la Corte Suprema comunica que desiste de la acción constitucional interpuesta por su persona en favor de T.L..

En relación con esa manifestación, en numerosas ocasiones ha sostenido esta Corporación que en materia de habeas corpus es factible el desistimiento siempre y cuando quien lo manifieste sea el detenido, su defensor o la persona que interpuso la acción.

Como quiera que en el presente negocio la expresión de desistimiento proviene del abogado de la detenida, el Pleno nada tiene que objetar y, en consecuencia, procede admitir el desistimiento.

Por lo expuesto, la CORTE SUPREMA, PLENO, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el desistimiento...

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