Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 1 de Septiembre de 2014

PonenteLuis Mario Carrasco M.
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2014
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Concluido el término concedido a las partes para alegar por escrito, corresponde decidir si se admite o no el recurso de hecho presentado por el licenciado E.M.M.T., contra la resolución del Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial de 10 de enero de 2014, que NO CONCEDIO el término para formalizar el recurso de casación anunciado, dentro del proceso penal seguido a K.E.V.M., sindicado por el delito contra la Libertad e Integridad Sexual en perjuicio de M.A.R.V.. SITUACIÓN PROCESAL Se advierte que el procesado K.E.V. fue condenado a la pena de diez (10) años de prisión por el delito contra la Libertad e Integridad Sexual en perjuicio de M.A.R.V. La defensa del procesado solicitó ante la autoridad solicitud de aplazamiento de la pena de prisión impuesta y mediante auto No. 1732 de 17 de octubre de 2012, el Juzgado Primero de Circuito Penal de Chiriquí negó la solicitud impetrada. Esta decisión fue apelada por el apoderado del procesado quien consideró que a su representado se le debió practicar un examen psiquiátrico. Con base a la solicitud de la defensa, el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, mediante auto de 18 de febrero de 2013, ordenó para mejor proveer la práctica de la evaluación psiquiátrica al sentenciado K.E.V.M.. El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses a fin de determinar el estado mental del procesado realizó las pruebas pertinentes las cuales dieron como resultado concluyente que: "En el momento de la evaluación no se observan síntomas agudos de ningún trastorno mental, que amerite tratamiento por psiquiatría y que le impide al sindicado cumplir su condena en régimen de privación de libertad". Por ello, mediante auto de 13 de noviembre de 2013 confirmó el auto primario. Dada la decisión de la sentencia de segunda instancia el licenciado E.M.M.T. anunció oportunamente recurso de casación contra el auto de segunda instancia 13 de noviembre de 2013, proferido por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, mediante el cual se confirmó el auto de primera instancia que NEGO la solicitud de aplazamiento de la pena impuesta a su representado mediante sentencia 214 de 11 de julio de 2011. Sin embargo, y luego del análisis de la resolución recurrida en casación, el Tribunal decidió NO CONCEDER el término para formalizar el recurso anunciado por el licenciado E.M.M.T. en representación de K.E.V. y en contra del auto de 13 de noviembre de 2013 dentro de la solicitud de aplazamiento de la pena de...

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