Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 15 de Marzo de 2021

PonenteAngela Russo de Cedeño
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2021
EmisorPrimera de lo Civil

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

S.: Primera de lo Civil

Ponente: A.R. de Cedeño

Fecha: 15 de marzo de 2021

Materia: Civil

Recurso de hecho

Expediente: 90682021

VISTOS:

La licenciada M.K.F.G., en nombre de FINANCIERA ÚNICA, S.A., MUEBLERÍA UNIÓN, S.A. y L.V.P. (q.e.p.d.), ha presentado Incidente de Recusación en contra del M.istrado O.A.O., fundamentándose en los siguientes hechos:

"PRIMERO: En esta S. se encuentra el Recurso de hecho propuesto por Financiera Única, S.A., Mueblería Unión, S.A. y L.V.P. en contra de la resolución de 27 de octubre de 2020, dictada por el Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, dentro del Proceso Ordinario interpuesto por Financiera Única, S.A., Mueblería Unión, S.A. y L.V.P. contra M.H., expediente distinguido con el número de entrada 86683-2020, el cual quedó bajo la ponencia de la M.istrada A.R..

SEGUNDO

El día 26 de enero de 2021, la M.istrada A.R. puso a circular un proyecto de decisión en el recurso de hecho, citado en el hecho primero, el cual ingresó al despacho del M.. O.A.O., en virtud de información proporcionada por la Secretaría de esta S..

TERCERO

Se le ha respetado el tiempo concedido en la Ley al M.istrado A.O. de declararse impedido, que es de 2 días y al no conocer la existencia de manifestación de impedimento, según información proporcionada por la Secretaría de esta S., entonces se ha procedido con la presentación del presente Incidente de recusación, conforme el procedimiento que así señala la ley.

CUARTO

Es un hecho público y notorio, por la connotación informativa que se le ha dispensado al tema, que el señor G.V. a título personal y a nombre de Financiera Única, S.A. y Mueblería Unión, S.A., interpuso formal querella penal en contra de M.. A.O., el día 10 de diciembre de 2020, ante la Comisión de Credenciales, Justicia Interior, Reglamento y Asuntos Judiciales de la Asamblea Nacional de Diputados, acción que ha sido ampliamente difundida por los medios de comunicación locales, en todo el país (sic)

QUINTO

Dentro del contenido de la Querella penal interpuesta se detalla, que durante el ejercicio de la abogacía del M.. A.O., previo a su designación como M.istrado de la S. Civil, sostuvo reuniones con el señor G.V., representante legal de Financiera Única, S.A., y Mueblería Unión, S.A., en aras que el M.. A.O. les colaborara con su asesoría para la liberación de unos fondos que fueron retenidos por la Dirección General de Ingresos a varias sociedades de las cuales funge como representante legal el señor G.V..

SEXTO

Las reuniones mencionadas en el hecho anterior se sostuvieron en el restaurante Casa Angel (sic) ubicado en Vía Argentina, el cual fue atendida la mesa por el Capitán Feliz Leones Perez (sic) y en el Hotel Grace, hoy llamado Global Hotel, en el restaurante del lobby, en la mesa frente a la terraza cerrada de vidrio ubicado en Obarrio. En estas reuniones, que se suscitaron para el año 2016, entre los meses de julio y agosto, participó el abogado J.A.A..

SEPTIMO

En la última reunión sostenida con el M.. A., señala el señor G.V. que el M.. A.O., lo acusó de haber sustraído unas cajas con documentos de pruebas de un expediente que se tramita en la Dirección General de Ingresos, ofensa que rechazó rotundamente el señor G.V. y conminó agriamente al M.. A.O. que interpusiera la denuncia de las graves acusaciones que le hacía.

OCTAVO

De igual manera, manifiesta el señor G.V. que el M.. A.O. le expresó estar en conocimiento de toda la situación jurídica relacionada con la disputa entre la señora E.E. de V. y las sociedades que representa el señor G.V., y que para él (M.. A., las empresas del señor G.V. no debían ser favorecidas jurisdiccionalmente y que utilizaría sus influencias...

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