Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala TS de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, 12 de Abril de 2007

PonenteMaría Eugenia López Arias
Fecha de Resolución12 de Abril de 2007
EmisorSala TS de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor

VISTOS:

Cursa ante este Tribunal Colegiado la solicitud de medida conservatoria o de protección en general formulada por la empresa CANADA FOOD SUPPLY, S.A. contra la sociedad PRODUSA, S.A., en virtud de recurso de apelación interpuesto por la firma forense SERVICIOS LEGALES Y ASOCIADOS contra el Auto No.33 de 10 de enero de 2007, emitido por el Juzgado Noveno de Circuito, Ramo Civil, del Primer Circuito Judicial de la provincia de Panamá y que, en su parte resolutiva, niega la medida en comentario y, consecuentemente, ordena el archivo del presente cuadernillo.

La Juez Primaria, al sustentar su decisión (fs.77-82), señala que no le asiste razón a la empresa CANADA FOOD SUPPY, S.A. en su pretensión cautelar, habida cuenta de que no consta en el expediente el acuerdo suscrito entre ésta y PRODUSA, S.A., que evidencie el fumus bonis iuris o apariencia de buen derecho. Agrega la operadora judicial que tampoco consta el peligro en la demora.

Luego de haber anunciado el recurso vertical de impugnación, mediante memorial consultable a foja 83 del cuadernillo, los procuradores judiciales de CANADA FOOD SUPPLY, S.A., SERVICIOS LEGALES Y ASOCIADOS, lo sustentaron en tiempo oportuno (fs.84-88).

Señala la parte apelante que el objetivo de la medida conservatoria es evitar que la marca ELLAS sea introducida al mercado local en detrimento de los derechos comerciales de CANADA FOOD SUPPLY, S.A., que ha realizado una inversión en importación, conforme acuerdo en publicidad, promoción y distribución con PRODUSA, S.A. Agrega que la importación causada durante el curso del juicio está lesionando gravemente los derechos de CANADA FOOD SUPPLY, S.A. y no toma en consideración los gastos de logística y demás recursos invertidos para dar a conocer y colocar los productos en el territorio nacional de la República de Panamá.

Expresa la representación judicial de CANADA FOOD SUPPLY, S.A. que PRODUSA, S.A. contactó a su cliente a efectos de distribuir su línea de protección íntima ELLAS en la República de Panamá, mediante convenio denominado "DISTRIBUCIÓN, LINEA PROTECCIÓN INTIMA FEMENINA ELLAS VENUS" de fecha 23 de marzo de 2001 y que mediante nota de esa misma fecha, ratifica su decisión de que CANADA FOOD SUPPLY, S.A. sean distribuidores exclusivos de dicho producto en Panamá. A partir de este último documento, arguye la recurrente, resulta claro y sobre entendido que PRODUSA, S.A. otorga a su representada la distribución exclusiva de los productos ELLAS en la República de Panamá.

Agrega la apelante que, en virtud de la decisión unilateral tomada por PRODUSA, S.A., CANADA FOOD SUPPLY, S.A. ha incurrido en cuantiosas pérdidas producidas por el retiro injustificado de la concesión de distribución exclusiva de la línea de protección íntima ELLAS, por lo que con la medida ensayada se observa el peligro inmediato e irreparable que se le está ocasionando a CANADA FOOD SUPPLY, S.A., pues PRODUSA, S.A. ha comunicado a los supermercados y abarroterías, que la única empresa autorizada para la distribución de los productos ELLAS de...

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