Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 27 de Marzo de 1998

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución27 de Marzo de 1998
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado A.S., Fiscal Octavo del Primer Circuito Judicial de Panamá, encargado, presentó ante la Secretaría de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recurso de hecho contra la Resolución de 6 de enero de 1998, dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, mediante la cual se rechaza por extemporáneo el recurso de casación formalizado contra la sentencia de 5 de septiembre de 1997 que revocó la sentencia condenatoria dictada contra O.A.T.M., sindicado por el delito de robo a mano armada en perjuicio de DONALDO AVELINO ALONSO.

Recibido el presente negocio en el despacho del ponente, se dictó la resolución de doce (12) de febrero de 1998, concediendo tres días a las partes para que alegaran lo que estimaran conveniente y cumplido lo anterior, ingresa nuevamente el recurso, a fin de determinar su admisibilidad, a lo que de inmediato se procede.

En el escrito de sustentación del recurso interpuesto, la Fiscal Octava, licenciada ARGENTINA BARRERA FLORES manifiesta, en primer término, que el Juzgado Décimo Segundo de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá dictó sentencia condenatoria en contra de O.A.T.M. por el delito de robo a mano armada y que al apelar el imputado, el Segundo Tribunal Superior de Justicia revocó la sentencia de primera instancia y en su lugar absolvió al procesado de los cargos formulados; que inconforme con tal decisión su despacho anunció el 3 de octubre de 1997 y sustentó el 18 de diciembre de 1997 recurso de casación en el fondo y que mediante proveído de 6 de enero de 1998 el Segundo Tribunal Superior rechazó por extemporáneo el recurso interpuesto.

Sostiene la jurista que de acuerdo al control de entradas de su despacho, el proceso penal seguido a TORREGLOSA MEDINA ingresó a esa Fiscalía para la sustentación del recurso de casación anunciado el viernes 21 de noviembre de 1997 a las 10:20 a. m. y por tanto el término de las 48 horas para la notificación legal comenzó a correr al día hábil siguiente de ingresado al despacho, es decir el lunes 24 y venció el martes 25 de noviembre, de modo que el término de los 15 días para la presentación del escrito de sustentación del recurso de casación comenzó a correr el día miércoles 26 de noviembre de 1997. Agrega que dicho término de quince (15) días hábiles siguientes a la notificación legal lo constituyeron los días 26, 27, 28 de noviembre (habilitado por el Órgano Ejecutivo y el día lunes 1º fue declarado libre), 2, 3, 4, 5 de diciembre (el...

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