Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 16 de Noviembre de 1998

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 1998
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El Licdo. D.E.C.G., en su condición apoderado de BALDOMIR KRISAJ KREGAR y FRANCISCO SOLIS GOMEZ, dentro del presente proceso penal, concurre a esta S. con "el fin de promover recurso de reconsideración contra la resolución de 12 de octubre de 1998" proferida por esta Sala, mediante la cual no se admitió que hiciera para que se acumule este proceso con otros expedientes penales que se encuentran en esta S. y con otros más que se encuentran en distintos Tribunales de justicia.

El peticionario señala que el recurso de reconsideración propuesto "está fundamentado en el artículo 1114 en relación al 1971 del Código Judicial".

La primera de estas normas corresponde al Procedimiento Civil, donde no cabe duda alguna que se encuentra establecido y reglamentado el recurso de reconsideración en materia civil y el petente, como ya se indicó invoca esta disposición en relación con el artículo 1971 ibídem, donde se indica que "en materias que no tengan regulación expresa en este libro o en las leyes procesales complementarias se aplicarán las disposiciones del Libro Segundo de este Código en cuanto no sean incompatibles con la naturaleza del proceso penal".

El artículo 1971 se encuentra ubicado dentro del Libro Tercero del Código Judicial y precisa señalar que en este Libro Tercero, en los Títulos Séptimos y Octavo, desde el artículo 2426 al 2666, se encuentran establecidos y reglamentados los medios de impugnación que pueden presentarse contra las resoluciones judiciales y específicamente en el artículo 2427 se indican los recursos existentes en el ordenamiento penal concretamente se establecen los siguientes: apelación de hecho, casación y revisión.

Como se puede observar, el recurso de reconsideración no se encuentra establecido en el actual Código de Procedimiento Penal y sólo excepcionalmente se acepta en los casos comprendidos en los...

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