Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 16 de Agosto de 2010

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución16 de Agosto de 2010
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La Licenciada, GIPSY HERRERA en su condición de apoderada judicial de los señores M.G.H. y N.A.F., ha presentado ante la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia, Recurso de Revisión contra el Auto No. 1180 de 1 de septiembre de 2009, proferido por el Juzgado Duodécimo de Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, el cual decreta una adjudicación definitiva a título de compra en subasta pública, dentro de un Proceso Ejecutivo incoado por ECONOFINANZAS, S.A. contra el señor M.A.G..

Habiéndose sometido al reparto de rigor, el negocio ha ingresado al despacho del Magistrado Sustanciador con el objeto de fijar la cuantía de la fianza que exige el artículo 1211 del Código Judicial, para que el Recurso de Revisión pueda ser acogido.

No obstante, antes de proceder con lo señalado, es preciso examinar anticipadamente el libelo del Recurso con la finalidad de determinar si cumple con los requisitos mínimos que establece la ley, toda vez que el artículo 1212 del Código Judicial le concede al Magistrado Sustanciador la facultad de rechazar de plano el Recurso de Revisión, cuando fuere manifiesta su improcedencia.

El artículo 1209 del Código Judicial, señala que si bien es cierto el escrito de formalización del Recurso de Revisión no requiere de formalidades especiales, debe cumplir con los requisitos mínimos señalados en esa norma, los cuales son:

"1. El nombre y domicilio del recurrente;

  1. El nombre y domicilio de las demás personas que fueron parte en el proceso en que se profirió la resolución, para que con ella se siga el procedimiento de revisión;

  2. La designación de la resolución cuya revisión se solicita;

  3. La expresión de la causal invocada y los hechos concretos que le sirven de fundamento; y

  4. La petición de las pruebas de que se pretenda hacer valer."

Se observa que el escrito de formalización del presente Recurso de Revisión, adolece de uno de los requisitos previamente citados, el cual corresponde a la expresión de la causal invocada, toda vez que en el referido escrito, se señala como Causal de Revisión: "... causal de forma, por haberse omitido algún trámite o diligencia considerado esencial por la ley", no enmarcándose ésta dentro de las detalladas en el artículo 1204 del Código Judicial.

Seguido a la determinación de la Causal que se invoca, se detalla en el escrito correspondiente la exposición de "motivos", como sustento de la misma, exponiéndose una serie de hechos ocurridos entre los Recurrentes y el...

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