Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 27 de Abril de 2015

Fecha de Resolución27 de Abril de 2015
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: En el recurso de revisión interpuesto por M.C.L. contra la Sentencia N°31-2014/119507-13 de 23 de julio de 2014 proferida por el Juzgado Decimotercero de Circuito, Ramo Civil, del Primer Circuito Judicial, en el proceso sumario de división y venta de bien común propuesto por F.A.H.P., la revisionista presentó escrito de desistimiento de dicho medio extraordinario de impugnación (folio 50). Al respecto, los artículos 1087 y 1125 del Código Judicial facultan al recurrente para desistir del recurso interpuesto. Además, el apoderado judicial de la revisionista está facultado para desistir (folio1). Por consiguiente, esta Sala Civil no tiene ninguna objeción que hacer sobre la procedibilidad del desistimiento del recurso de revisión presentado por la recurrente. En consecuencia, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE LO CIVIL, administrando justicia en nombre de la...

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