Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 17 de Septiembre de 2018

PonenteHernán A. De León Batista
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2018
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado ERIC A. POLO VEGA, apoderado judicial de DOMINGO E. BATISTA dentro del Recurso de Revisión propuesto contra la sentencia de 19 de marzo de 2015, dictada por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial en el Proceso Ordinario incoado por N.E.A.M. contra A.O.M.L., ha presentado escrito ante la Secretaría de la Sala con el propósito de que se disponga la cancelación de la inscripción provisional de la demanda decretada por esta M., toda vez que la misma fue omitida en el fallo que resolvió el presente medio de impugnación de carácter extraordinario.

En la parte resolutiva de la sentencia de 4 de enero de 2018, la Sala dispuso:

"...DECLARA NO FUNDADO el Recurso de Revisión presentado por A.O.M.L., contra la sentencia de 19 de marzo de 2015 dictada por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, dentro del Proceso Ordinario interpuesto por N.E.A.M. contra A.O.M.L..

DEVUÉLVASE por Secretaría al Juzgado de origen, el expediente contentivo del referido proceso ordinario, agregándose al mismo copia autenticada del fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia, S. Primera de lo Civil.

DEVUÉLVASE a A.O.M.L. la fianza consignada.

R. copia autenticada de la resolución al Ministerio Público, para los efectos del artículo 1016 del Código Judicial.

Sin condena en costas al recurrente por estimar su actuación de buena fe". (f.451)

Ante la solicitud presentada, y examinadas las piezas procesales, observa la Sala que a través de resolución calendada 13 de enero de 2016 (f.311), se accedió a la solicitud de Inscripción Provisional de la demanda de revisión presentada por A.O.M.L., previa consignación del monto fijado en concepto de caución.

Ahora bien, a pesar que esta superioridad declaró no fundado el recurso de revisión -lo que conlleva el levantamiento de toda medida cautelar existente-, e incluso se dispuso la devolución de la fianza consignada, de manera involuntaria se...

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