Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 22 de Enero de 2001

PonentePUBLIO MUÑOZ RODRÍGUEZ
Fecha de Resolución22 de Enero de 2001
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La señora D.R.D.A. actuando en nombre y representación de sus menores hijas M.J. y M.J.V.R., mediante poder especial otorgado al licenciado S.U.M., ha interpuesto recurso de Revisión contra la sentencia No.13 de 4 de febrero de 1999 dictada por el Juzgado Tercero de Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá dentro del proceso ordinario declarativo propuesto por I.C.V.S. y C.V.S. contra J.B.V.V..

El Magistrado Sustanciador, antes de decidir si era del caso acoger o no el Recurso de Revisión, fijó en Quinientos Balboas con 00/100 (B/500.00) la suma que la impugnante debía depositar en la Secretaría de la Sala, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1196 del Código Judicial.

Depositada la fianza requerida mediante diligencia de consignación que aparece a fojas 51, se dispuso solicitar al Juzgado Tercero de Circuito de Panamá el expediente contentivo del respectivo proceso ordinario, el cual, en efecto, fue enviado a la Secretaría de la Sala, constante de 107 fojas útiles.

Así las cosas, encontrándose el recurso de revisión en estado de decidir su admisibilidad, la Corte considera:

El examen del escrito de formalización revela que cumple con los requerimientos contenidos en el artículo 1194 del Código Judicial; que se ha presentado dentro del término legal; que la resolución impugnada está sujeta a revisión; la impugnación se funda en los hechos o motivos a que se refiere el artículo 1189 ibídem; y, se ha hecho el depósito requerido. Debido a estas...

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