Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 6 de Mayo de 1999

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 1999
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado V.L.C.O. presentó recurso extraordinario de revisión, contra la sentencia calendada el 4 de febrero de 1997, dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia en el proceso seguido a JOSÉ BELADINO VÁSQUEZ Y OTROS, por el delito de homicidio en perjuicio de M.V.L..

La causal que se invoca es la descrita en numeral 5to. del artículo 2458 del Código Judicial, "cuando después de la condenación se descubran nuevos hechos que, por sí mismo o combinados con las pruebas anteriores, puedan dar lugar a la absolución del acusado o a una condena menos rigurosa, por la aplicación de una disposición penal menos severa".

De la lectura de las razones de hecho en que se funda la acción interpuesta, se aprecia que el revisionista, en los tres primeros hechos, se limita señalar que su representado fue llamado a juicio por el delito de homicidio, que el tribunal de jurados lo encontró culpable de ese ilícito y a consecuencia de ese veredicto, el Segundo Tribunal le impuso la pena de 20 años de prisión como pena principal y la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el término de 10 años.

En el último hecho se expresa que "después de dictada la sentencia de condena contra el señor J.B.V. y de fijársele la pena correspondiente, se han advertido hechos que no fueron valorados por la sentencia así com nuevas pruebas que legalmente justifican la revisión demandada".

Por una parte, se indica la existencia de "hechos que no fueron valorados por la sentencia", pretendiéndose que se proceda a realizar un reexamen del juicio del valor probatorio que se hiciera en el fallo impugnado, lo que conduciría a la instauración de una tercera instancia en esta causa, en desconocimiento de la naturaleza extraordinaria del recurso de revisión.

Por otro lado, también se señala la existencia de "nuevas pruebas que justifican la revisión" pero se observa que como pruebas, la única que se acompaña es la copia de la sentencia en que se condenó a J.B.V. y se aduce como tales el expediente que contiene el proceso seguido en su contra y solicitud para que se pida al Departamento...

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