Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 7 de Marzo de 1997

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 1997
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Ingresó a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el recurso extraordinario de revisión presentado en su propio nombre por V.A.P.R., detenido en el Centro Penitenciario El Renacer, contra sentencia que lo condenara a cinco (5) años de prisión por la comisión del delito de robo a mano armada.

Cumplido lo normado por el artículo 2050 del Código Judicial -que impone a la Sala Penal de la Corte Suprema la obligación de poner en conocimiento de los Defensores de Oficio del Instituto de Defensoría de Oficio los recursos de apelación, casación y revisión ingresados a dicha Superioridad, a fin de que éstos interpongan dichos recursos a favor de los reos que no tienen un abogado que los represente-, recibe esta Colegiatura el escrito calendado 7 de febrero de 1997 (f. 7-11), en el que el Licdo. ROLANDO MARCOS-HERMOSO- Defensor de Oficio asignado por el Instituto de Defensoría de Oficio para interponer el presente recurso-, manifiesta respecto a lo expresado por el condenado respecto a la falsedad o nulidad de la diligencia de reconocimiento en rueda de detenidos, que es necesario ceñirse a lo establecido en el artículo 2458, ordinal 3 del código judicial, el cual señala que previamente debe ser probado, que la prueba que sirvió de base para la dictación de la sentencia condenatoria es...

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