Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 26 de Junio de 1995

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución26 de Junio de 1995
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado J.G.T., defensor de oficio asignado al Tercer Distrito Judicial, ha interpuesto recurso de revisión contra la sentencia Nº 13 de 9 de febrero de 1994, dictada por el Juzgado Segundo del Tercer Circuito Judicial de Panamá y contra la sentencia calendada 19 de agosto de 1994 mediante la cual el Segundo Tribunal de Justicia confirmó la condena de J.V., R.L.P., F.O.S. y C.T.R., por el delito de violación carnal cometido en perjuicio de R.A.A.G..

El recurrente sostiene, entre otras consideraciones, que las sentencias atacadas deben ser revisadas, ya que luego de ser condenados sus patrocinados "... hemos recibido ... una carta suscrita y personalmente rubricada por el querellante, quien, bajo el peso de su CONCIENCIA, se retracta de su denuncia en contra de quienes siempre fueron inocentes, explica sus infames motivaciones y pide que 'Se reabra ese expediente' " (f. 4). Con fundamento en ese elemento fáctico-probatorio, el licenciado G.T. plantea que concurren en esta causa los supuestos previstos en los numerales 3 y 5 del artículo 2458 del Código Judicial, por considerar que la querella presentada contra sus defendidos es "falsa", lo que da lugar a la absolución de los acusados. (f. 6).

Finalmente, el libelo de revisión viene acompañado de pruebas documentales y la solicitud de la evacuación de una prueba testimonial y un reconocimiento, todo lo cual, a juicio del letrado, sirve para corroborar los hechos de este recurso. Asimismo, se solicita la libertad provisional de los reos "mientras se tramita el presente recurso" (f. 7).

Observa la Sala que la condena recaída en ambas instancias sobre los beneficiarios de esta iniciativa procesal se apoya en la amplia comprobación pericial de la existencia del hecho punible, así como en los efectos legales -categóricos- que tiene el señalamiento hecho por la...

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