Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 30 de Enero de 2002

PonenteJOSÉ MANUEL FAUNDES R
Fecha de Resolución30 de Enero de 2002
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El Licenciado L.A.V., defensor técnico de P.H.A., ha presentado recurso extraordinario de revisión contra la Sentencia No. 132 de 14 de diciembre de 1999, dictada por el Juzgado Decimosegundo de Circuito del Primer Distrito Judicial, Ramo Penal, que condenó a su mandante a la pena de cinco (5) años de prisión, por el delito de Violación Carnal, en perjuicio de la menor de edad, M.I.C., y lo inhabilita para el ejercicio de funciones públicas; sentencia condenatoria que fue apelada y posteriormente confirmada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, mediante Sentencia No. 109-S-I de 13 de junio de 2000.

El recurrente fundamenta la iniciativa procesal en las causales 3 y 5 del artículo 2454 del Código Judicial, que establecen que habrá lugar al recurso de revisión:

"3. Cuando alguno esté cumpliendo condena y se demuestre que es falso algún testimonio, peritaje, documento o prueba de cualquier otra clase y estos elementos probatorios fuesen de tal naturaleza que sin ellos no hubiere base suficiente para establecer el carácter del delito y fijar la extensión de la condena.

...

5. Cuando después de la condenación se descubran nuevos hechos que por sí mismo o combinados con las pruebas anteriores, puedan dar lugar a la absolución del acusado o a una condena menos rigurosa, por la aplicación de una disposición penal menos severa."

Junto con el escrito de revisión aporta como prueba documental la declaración jurada de la ofendida M.I. CALLE y de A.A.V., rendidas ante el Notario Público Primero del Circuito de Panamá, Licenciado M.C.F. entre otras pruebas aportadas como el Certificado de nacimiento del menor D.A.V. CALLE.

De la lectura minuciosa del extenso libelo presentado por el recurrente se observa, que el mismo fundamenta el recurso basado entre otras cosas, en la declaración notarial de M.I. CALLE manifestando que su testimonio en 1997, obedeció a la presión que ejercía su mamá sobre ella, derivado de un problema familiar y la salud algo precaria de su progenitora, añadió que el único hombre con el que tuvo relaciones sexuales se llama R.I.G. quien la embarazó y luego la abandonó, y que no era cierto que el sentenciado P.H.A. la hubiere violado carnalmente. Al igual presenta la declaración notarial de A.A.V.P. que señala que su mujer en vida era muy posesiva e imponente y que le pidió que le reconociera el bebé a la menor M.I.C., para que tuviera seguro social y un apellido.

El nuevo hecho que presenta el defensor técnico consiste...

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