Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 28 de Septiembre de 2001

PonenteCÉSAR PEREIRA BURGOS
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2001
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La Comisión de Coordinación de la Actividad Penitenciaria del Organo Judicial ha remitido a la Sala Penal de la Corte Suprema, manuscrito presentado por J.S.D. en el que solicita se revise la sentencia que lo condenó a la pena de 70 meses de prisión, por la comisión del delito de robo agravado, en perjuicio de M.A.V.Z..

Como quiera que se trata de una iniciativa que requiere de la representación de un profesional del derecho, este despacho sustanciador procedió a nombrar a la licenciada Otilda de V., como defensora de oficio del reo, a fin de que le brinde asistencia técnica en cuanto a la correcta formalización del recurso" (f.8).

En cumplimiento de lo encomendado, la defensora designada presentó escrito en el que informa que "En el presente negocio no se ha aportado prueba posterior que amérite (sic) la interposición del mismo, y no se ha demostrado la existencia en el expediente de prueba falsa que sin ella no hubiere fundamento para establecer la responsabilidad del señor J.R.S.D." (fs.13-14), por lo que concluye "que el recurso de Revisión solicitado, en Derecho no procede" (f.14).

Lo expuesto...

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