Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 3 de Febrero de 1995

PonenteRODRIGO MOLINA A
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 1995
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Cursa en la Sala de Negocios Generales la comisión rogatoria librada por la Fiscalía Delegada 128, de la Unidad Seccional de la Fiscalía de Buenaventura Valle, Colombia, dentro del proceso seguido al señor M.A.F.V..

El presente exhorto tiene como propósito la práctica de las siguientes diligencias "a) se allegue al presente, los antecedentes judiciales o record policivo que registre el señor M.A.F.V., de nacionalidad panameña, de 18 años de edad, soltero, alfabeto, de profesión mecánico en refrigeración, hijo de F.F. y S.R.V., residente en Calidonia, calle 33, casa &-59,cuarto 17, teléfonos 25-1678 y 28-6294, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 8-333-520 expedida en Ciudad Panamá.

  1. Solicitar información a las autoridades correspondientes a Extranjería en dicha ciudad, si le ha sido expedido P. al señor M.A.F.V..

  2. A. copia auténtica por duplicado, de la cédula de ciudadanía expedida a M.A.F.V..

  3. A. al presente, el Registro Civil de nacimiento del citado señor Fuentes V..

  4. Ofrecer en declaración bajo juramento, a los padres de el señor M.A.F.V., señor FLORENTINO FUENTES y la señora S.R.V. residentes en Panamá, Calidonia, Calle 33, casa, 6-59 cuarto 17, Teléfonos 25-1678 y 28-6294, a fin de que expresen: Cuál es la nacionalidad del citado joven M.A.F.V., cuál es su edad real, cuanto hace que reside en esa ciudad, en que fecha nació, a que actividad se dedica, por qué motivo decidió venir a Colombia, concretamente a la ciudad de Buenaventura Valle, en qué se transportó a ésta localidad, explicar si le es posible en detalle, el conocimiento que tengan de las labores u oficio que se dedica su hijo en ésta localidad de Buenaventura."

Analizada la cuestión planteada observa la Sala que tanto la República de Panamá como la de Colombia son suscriptoras de la Convención Interamericana sobre exhortos o cartas rogatorias, ratificada por en nuestro ordenamiento jurídico, mediante la Ley 12 de 23 de octubre de 1975.

Observa la Sala que el expediente contentivo del presente exhorto, se...

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