Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 3 de Octubre de 2001

PonenteCÉSAR PEREIRA BURGOS
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2001
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Procedente del Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados, ha ingresado a la Secretaría de la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia, el cuaderno contentivo de la denuncia por Falta a la Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado, interpuesta por el licenciado FLORENCIO BARBA HART contra el licenciado BRAULIO CARRERA.

La denuncia interpuesta por el licenciado FLORENCIO BARBA HART es formulada mediante carta con fecha 31 de octubre de 1998, dirigida al Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados.

La acusación formulada por el señor BARBA HART consiste en los siguientes hechos:

PRIMERO

En el Juzgado 3ero. Municipal, Ramo Penal, se ventila proceso en torno a estafa perpetrada en contra de la anciana A.B., quien cuenta con ochenta y uno años de edad y padece disminución mental debidamente acreditada en el expediente.

SEGUNDO

El proceso al que se hace alusión en el punto anterior gira en torno al despojo que de su vivienda fué(sic) víctima A.B., vivienda con un valor aproximado de cien mil balboas, (100,000.00).

TERCERO

El método utilizado para el engaño, lo fué (sic) un contrato de compraventa que de manera amañada se hizo firmar a ALICIA BARBA, mediante el cual vendía a J.J.M., dicho inmueble por la suma de un balboa (B/.1.00).

CUARTA

Dentro de este proceso el 2606 previo a la realización de la primera fecha de audiencia preliminar, la contraparte con el concurso del L.. BRAULIO CARRERA presentó un escrito de desistimiento, que nuevamente mediante engaño, hicieron firmar a mi cliente A.B..

QUINTO

En el expeciente (sic) consta perfectamente que yo, soy el abogado de mi tía A.B., además soy acusador particular y mi poder esta debidamente inscrito en el Registro Público.

SEXTO

Pese a esta circunstancia y olvidando lo estatuído en los artículos 21, 27, 29, 31 y 34 literales h, l, q, y r, de nuestro Código de Ética, el lic. CARRERA por propia confesión manifestó "A TAL EFECTO LA SEÑORITA ALICIA BARBA COMPARECIO A MI OFICINA EN COMPAÑIA DE SU OTRO SOBRINO F.M. BARBA Y ALLI LE INTERROGUE QUIEN (SIC) EN EFECTO IBA A DESISTIR DE LA PRETENCION PUNITIVA EN CONTRA DE MI CLIENTE A LO QUE ELLA ME CONTESTÓ AFIRMATIVAMENTE E INMEDIATAMENTE REDACTE EL ESCRITO DE DESISTIMIENTO Y EN COMPAÑIA DE F.M.B. NOS TRASLADAMOS AL TRIBUNAL DEL CONOCIMIENTO Y ALLI FRENTE A LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL LA SEÑORITA ALICIA BARBA FIRMO EL...

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