Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 9 de Diciembre de 1997

PonenteRAFAEL GONZÁLEZ
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 1997
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Ha ingresado a la Secretaría de la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, procedente del Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados, el cuaderno contentivo de la denuncia por Falta a la Ética Profesional y la Responsabilidad del Abogado interpuesta por las señoras J.T. y M.A.B., contra el licenciado J.C..

La denuncia interpuesta por las señoras M.A.B. y J.T. es formulada a través de carta de fecha 5 de agosto de 1996, dirigida al Licenciado L.A. en su condición de Presidente del Tribunal de Honor en la fecha antes indicada.

La acusación formulada por las señoras A. y T. consiste en haber contratado al Licenciado Concepción en un caso contra la Salud Pública, donde se requería el reclamo de bienes y la defensa del señor P.C.. El pago solicitado por el licenciado Concepción por la prestación del servicio fue la suma de US$3,500.00. Sin embargo, las denunciantes indican que sólo abonaron la suma de US$3,000.00 y que no han recibido ninguna respuesta por parte del licenciado Concepción.

Las denunciantes apoyan su acusación aportando copias de los recibos Nº 137, 139 y 141 por la suma de US$1,000.00 cada uno, expedidos por el Licenciado Concepción, los cuales pueden apreciarse a foja 4 del expediente.

El Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados de Panamá, el cual es competente para conocer de los procesos de ética como organismo instructor, procedió mediante Vista de fecha 23 de junio de 1997, a declarar lo siguiente:

... Solicitar a la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia que decrete la citación a juicio del Licenciado J.C. ...

Vencido el término otorgado de conformidad con el artículo 28 de la Ley 9 de 1984, el Licenciado J.C. se opone al juzgamiento en los siguientes términos:

... En efecto conocemos a sendas ciudadanas que nos acusan por presunta Falta a la Ética Profesional, por razón de contratar nuestros servicios profesionales, ha sido hasta la fecha la gestión profesional más conflictiva; denigrante y estresante que hemos llevado y la cual detallaremos en los puntos subsiguientes.

IV. Como premio por iniciar la presente gestión fuimos objetos de seguimiento por la Sub-D.I.I.P. de C., operativo que culminó con un allanamiento a nuestras oficinas profesionales a plena luz solar y horas hábiles, ya que se presumía que no sólo actuábamos como abogado, sino como alcahuete ocultando al sindicado P.C.B., afortunadamente el resultado de aquella diligencia encabezada por la...

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