Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 13 de Octubre de 2000

PonenteCÉSAR PEREIRA BURGOS
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2000
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

El día veintiocho (28) de agosto de dos mil (2000) se llevó a cabo, ante la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, el debate oral establecido por la Ley dentro de la presente denuncia por faltas a la ética y la responsabilidad del abogado interpuesta por el señor CLIFFORD A. DAVIS contra el licenciado D.M.C.. Habiéndose cumplido con esta instancia procesal, es deber de esta Superioridad pronunciarse sobre el presente negocio.

El denunciante, CLIFFORD A. DAVIS, en denuncia presentada ante el Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados el día dos 82 9 de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996), visible a fojas 1 - 3 del expediente, formuló una serie de cargos contra el licenciado D.M.C. y aportó las pruebas que a bien tuvo en la ocasión. El citado letrado había sido contratado, de acuerdo a lo aseverado por el denunciante, con la finalidad de tramitar la recuperación de la placa de un cupo de taxi y un negocio de tránsito ante las autoridades correspondientes.

En dicho escrito el denunciante se manifiesta de la siguiente manera:

"Me da mucha pena para escribir esta carta a uds., pero yo contraté al lic. D.M.C. para recuperar mi cupo de taxi.

Yo compre este cupo hace 3 años atrás, y ahora hay otra persona reclamando el mismo cupo. El lic. C. me informó que era un caso fácil y solo tomaría una semana para resolver.

Me cobro B/. 1,000.00 y quería B/.500.00 para empezar. Yo firme un Poder a favor del Lic. para tomar mi caso y le pague B/. 500.00.

Desde el mes de junio tiene a mi secretaria y yo corriendo al Juzgado a cada rato y cada vez no nos informa que iba a conseguir la Placa para el Taxi, y hasta este momento no lo he recibido.

Además yo le entregué un caso de accidente hace 4 meses y pidió honorarios de B/.150.00 para comenzar, pero no había firmado ningún poder al lic., y hasta la fecha el no se ha comunicado con los Agentes de Seguros ASSA.

Mi secretaria y yo fuimos a ver al Juez encargado del casado, y la Juez nos informó que el caso no ha empezado todavía, mientras el lic., C. nos informa que ya ha ganado el caso".

Más adelante, el denunciante se expresa de la siguiente forma:

"En vista de lo anterior, contrate a otra abogada la lic. A.B.. Ella tomo el caso e hizo un buen trabajo para mi. El 15 de noviembre fue la primera audiencia y otras vendrán".

La parte denunciante, presentó como pruebas para el presente proceso, copia simples de dos (2) recibos por concepto de honorarios...

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