Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 18 de Julio de 2000

PonenteCÉSAR PEREIRA BURGOS
Fecha de Resolución18 de Julio de 2000
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

El

licenciado DANILO MONTENEGRO, Defensor de Oficio, designado para representar al

Licenciado R.V. en el proceso, que por faltas a la ética y responsabilidad

profesional del abogado, sigue esta Corporación de Justicia contra el

licenciado R.V., delegó en la Licenciada E.L., la

representación del denunciado, por no poder asistir, a la audiencia

correspondiente, en la fecha prefijada. La Licenciada LUQUE en su intervención

se refirió a las denuncias interpuestas, ante la Policía Técnica Judicial, por

la señora C.B. y el señor A.L.A., identificadas con los

números AB-1-295-93 y AB-1-296-93.

Dichas

denuncias se encuentran indicadas en el escrito legible a foja 5 del

expediente, en donde los señores A.L.A. y CAROLE BUSSIERE confieren

poder a los abogados R.V.C. y V.M.M.C., para que los

representen en las investigaciones seguidas por el delito denunciado; escrito

que está dirigido al Fiscal Auxiliar de la República.

A foja 19

del expediente, encontramos la nota de 16 de octubre de 1997, dirigida por el

S. General de la Corte Suprema de Justicia al Licenciado Carlos Augusto

Herrera, F.A. de la República, donde le solicita información en

relación a la denuncia interpuesta por el Licenciado R.V., por el

supuesto delito de hurto de joyas en perjuicio de los señores C.B. y

A.L.; así como, los trámites que dicho abogado ha realizado en

beneficio de los denunciantes; seguidamente, a foja 20, encontramos la

respuesta del señor F.A.: "...después de revisar nuestros archivos no consta que el licenciado

R.V., haya interpuesto denuncia por hurto, en perjuicio de CAROLE

BUSSIERE y ALAN LAWRENCE, de enero de 1994, hasta la fecha".

Considera

la Sala que, antes de emitir un veredicto, es oportuno determinar la

participación, si la hubo, del licenciado V. dentro de las investigaciones

realizadas a raíz de las denuncias interpuestas por los señores BUSSIERE y

LAWRENCE; para lo cual, solicitaremos mayor información sobre las denuncias

identificadas en la Policía Técnica Judicial de B. como AB-1-295-93 y

AB-1-296-93; así como, a la Fiscalía de Circuito, Especial, del Área de Ancón...

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