Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 6 de Septiembre de 1996

PonenteHUMBERTO COLLADO
Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 1996
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Cumplida la ampliación que del presente proceso solicitara esta Sala Penal, ingresa nuevamente para resolver la denuncia penal presentada por el Licenciado R.A.S.A., contra el Magistrado J.A.O., a quien acusa de haber incurrido en los supuestos delitos de abuso de autoridad, extralimitación de funciones y simulación de hechos punibles.

El Procurador General de la Nación ha reiterado, mediante Vista Nº 13 de 8 de febrero de 1995, los conceptos que emitiera en la primera Vista Nº 60, fechada 30 de septiembre de 1994, en la cual solicitó se dictara, en este proceso, un sobreseimiento definitivo de carácter impersonal. Ha incorporado también al expediente, tal como lo solicitara el ponente, copias de lo actuado en la denuncia penal que interpuso el señor C.L.M. contra el Licenciado R.A.S.A., y que fuera tramitada en la Fiscalía Cuarta del Primer Circuito Judicial.

De las piezas procesales que obran en el presente sumario, se desprende que el mismo tuvo su origen en la denuncia penal que interpuso el Licenciado R.S.A. contra el Magistrado J.O..

La denuncia viene motivada por la actuación del Magistrado ORTEGA al recibir la denuncia, también penal, que presentara en su despacho el señor C.L. contra el ex-Juez de Circuito, Licenciado R.S.. El Magistrado ORTEGA, en esa ocasión, consultó con el Pleno del Segundo Tribunal Superior y mediante Resolución de diecisiete (17) de junio de 1994 ordenaron poner la mencionada denuncia en conocimiento de la Fiscalía de Circuito de Turno, para lo que en derecho procediera, en vista de que el denunciado ya no era funcionario del Órgano Judicial.

Esta última denuncia fue resuelta mediante Resolución de diecisiete (17) de octubre de 1994 del Juzgado Octavo de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial, con un sobreseimiento provisional en forma objetiva e impersonal, al considerar que las constancias procesales no eran suficientes para comprobar el hecho punible, además de que el denunciante no compareció ni aportó pruebas que corroboraran su dicho, por lo cual no se pudo siquiera iniciar la investigación.

En Resolución de esta S., fechada dieciséis (16) de noviembre de 1994, mediante la cual se ordenó la ampliación de las presentes sumarias, se ha resumido el contenido de la denuncia, así como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR