Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 2 de Enero de 1997

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución 2 de Enero de 1997
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El D.R.V., actuando en representación de L.A.O.D.C., ha solicitado a la Sala Tercera de la Corte Suprema aclaración de la sentencia expedida por esta Sala el 11 de septiembre de 1996, mediante la cual se declara que no es ilegal la Resolución Nº 604-94 de 24 de agosto de 1994 expedida por la Comisión de Prestaciones de la Caja de Seguro Social.

El doctor R.V. solicita a la Sala se corrija la sentencia antes mencionada, pues, a su criterio la Sala se atiene y convalida el cálculo indebido hecho por la Caja de Seguro Social que reposa en el informe explicativo de conducta expedido por la Sub-Directora de Prestaciones Económicas de la misma entidad.

Observa la Sala que el doctor R.V. en su escrito se limita a efectuar nuevamente un análisis del desglose efectuado por parte de la Comisión de Prestaciones de la Caja de Seguro Social, de los salarios devengados por el señor L.A.O. DEL CID durante lo meses de marzo, abril, mayo y junio de 1991 con la empleadora Comisión del Canal, para los efectos de la pensión parcial permanente a que tiene derecho el señor L.A.O. DEL CID.

Sobre los puntos anteriormente expuestos cabe señalar que ha sido jurisprudencia constante de esta Sala que la aclaración de sentencia sólo es viable en lo relativo a frutos, intereses, daños y perjuicios y costas. También lo es cuando existan frases oscuras o de doble sentido en la parte resolutiva de la sentencia o en relación a errores aritméticos o de escritura o de cita, que son...

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