Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 3 de Julio de 2000

PonenteADÁN ARNULFO ARJONA L
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La

Procuradora de la Administración ha presentado solicitud para que se le declare

impedida y, en consecuencia se le separe del conocimiento de la demanda

contencioso administrativa interpuesta por el Licenciado M.J., en

representación de RIGOBERTO ENRIQUE PAREDES Y THILCIA ROBLES DE PAREDES, dentro

del Juicio por Cobro Coactivo que les sigue el Banco Nacional de Panamá.

La

Procuradora de la Administración en su condición de Consejera Jurídica de los

Servidores Públicos, consignada en el artículo 348, numeral 4 del Código

Judicial, emitió concepto respecto de los hechos que generaron el presente

Proceso por Cobro Coactivo, mediante la Consulta Nº 298 de 6 de noviembre de

1998, visible a fojas 59 a 62 del expediente.

El

solicitante fundamenta su pretensión en los artículos 749, numeral 5, 754 y 388

del Código Judicial, los cuales son del tenor siguiente:

Artículo 749. Ningún Magistrado o J. podrá conocer de un asunto

en el cual esté impedido.

Son Causales de impedimentos:

.....................................

5. Haber intervenido el Juez o Magistrado, su cónyuge o alguno de sus

parientes dentro de los grados indicados en el proceso, como Juez, Agente del

Ministerio Público, testigo, apoderado, o asesor, o por haber dictaminado por

escrito respecto de los hechos, que dieron origen al mismo...............................

(El Subrayado es nuestro)

Artículo 754. El Juez o Magistrado en quien concurra alguna de las

causales expresadas en el artículo 749, debe manifestarse impedido para conocer

del proceso dentro de los dos (2) días siguientes al ingreso del expediente a

su despacho exponiendo el hecho que constituya la causal.

.....................................

Artículo 388. Serán aplicables a los Agentes del Ministerio Público

las disposiciones sobre impedimentos y recusaciones de los Magistrados y Jueces.

A juicio

de los Magistrados de la Sala Tercera, las circunstancias presentadas hacen

aplicables las normas transcritas referentes a las...

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