Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 8 de Mayo de 1998

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La Procuradora de la Administración mediante V.F. Nº 55 de 18 de febrero de 1998, ha promovido y sustentado recurso de apelación contra el Auto de 9 de diciembre de 1997, que admitió la demanda contencioso administrativa de nulidad interpuesta por el licenciado E.F.H. en su propio nombre y representación, para que se declare nulo, por ilegal, el decreto de Personal Nº 765 de 27 de octubre de 1993, dictado por el Presidente de la República por conducto del Ministerio de Educación.

La Procuradora de la Administración sustenta su recurso en los siguientes términos:

"En efecto, en el numeral 4 del artículo 43 de la Ley 135 de 1943, establece que toda demanda ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo contendrá la expresión de las disposiciones que se estiman violadas y el concepto de la infracción. Reiterada Jurisprudencia de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, ha señalado que el giro "expresión de las disposiciones que se estiman violadas", contenido en el numeral 4 del artículo 43 de la Ley 135 de 1943, se entiende en el sentido de que es deber del demandante transcribir literalmente la disposición supuestamente infringida.

A foja 4 y siguientes del libelo de la demanda, foja 13 y siguientes del expediente judicial, se constata que bajo el aparte "IV DISPOSICIONES LEGALES INFRINGIDAS Y CONCEPTO DE LA VIOLACION" del libelo de la demanda, la parte actora menciona las normas presuntamente infringidas y explica los conceptos de violación a las mismas, pero no las transcribe literalmente

...

Decreto de Personal Nº 765 de 27 de octubre de 1993, a través del cual se declara sin efecto el Decreto de Personal Nº 138 de 20 de abril de 1992 en lo referente al nombramiento de B.O.M. como Subdirector Provincial de Educación de H. y se nombra al mencionado docente como Educador Ñ-2, cátedra de Ciencias Naturales, en el Colegio Secundario de Monagrillo.

Como se puede comprobar a foja 3 y 6, el señor M. De León fue posteriormente nombrado como Educador R-2, Subdirector del Colegio Secundario, mediante Decreto de Personal Nº 699, de 30 de noviembre de 1994 y se le encargó, a través del resuelto Nº 968 firmado por el Ministerio de Educación, de la Dirección del Colegio J.D.C..

Se aprecia entonces que el Decreto Nº 765 de 27 de octubre de 1993 ha sido dejado sin efecto y sustituido por el decreto de personal Nº 699 de 30 de noviembre de 1997, en consecuencia el acto administrativo impugnado no tiene existencia actual dentro del...

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