Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 30 de Diciembre de 1998

PonenteLUIS CERVANTES DÍAZ
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia se ha presentado demanda contencioso administrativa de nulidad, interpuesta por el licenciado M.A.T., en su propio nombre y representación, para que se declare nulo, por ilegal, el Acuerdo No. 6 de 26 de enero de 1993. (fs. 1-3)

Mediante auto fechado el 26 de junio de 1998, fue admitida como parte interesada para impugnar la demanda que nos ocupa, La Iglesia de Dios Evangelio Completo, representada por la firma forense Cajigas & Consocios (fs. 34). Encontrándose el proceso en la etapa de notificación a la Procuraduría de la Administración del auto de 9 de septiembre de 1998, mediante el cual el resto de los Magistrados confirmaron la Resolución de 27 de abril de 1998, que admitió esta demanda contenciosa de nulidad, se observa que la parte interesada ha presentado Advertencia de Inconstitucionalidad contra el artículo tercero del Acuerdo Municipal No. 5 de 7 de febrero de 1979, dictado por el Consejo Municipal de San Miguelito; y contra la frase final del artículo 106 de la Ley No. 106 de 1973 "... y mediante consulta previa a la Junta Comunal respectiva."

El Magistrado Sustanciador procede a revisar el escrito contentivo de la advertencia de inconstitucionalidad presentada, en vías de determinar si la misma cumple con los requisitos legales y jurisprudenciales establecidos, que hagan viable su...

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