Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 28 de Mayo de 1998

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución28 de Mayo de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

En el proceso sumario instaurado por R.L. contra HOTELERA EL PANAMÁ, S.A., los apoderados judiciales de ambas partes interpusieron recurso de casación contra la sentencia de segunda instancia, proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia el 18 de febrero de 1997.

Encontrándose el negocio pendiente de resolver sobre su admisibilidad, el licenciado R.L. y la apoderada judicial de la demandada, presentaron personalmente escrito de transacción en la Secretaría de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, en los siguientes términos:

"Nosotros Rubio, A., S. &A., debidamente representada para este acto por el Licenciado R.M., actuando en nuestra condición de apoderados especiales en derecho de la sociedad anónima denominada Hotelera el Panamá, S.A., parte demandada dentro del presente proceso, por una parte, quien en adelante se denominará La demandada, y por la otra R.A.L.M., Abogado en ejercicio, varón panameño, mayor de edad, soltero, con cédula de identidad personal Nº 4.103-2337, localizable en el Edificio Torre Banco Exterior, de la Avenida Balboa, piso Nº 19, del Corregimiento de Bella Vista, de esta ciudad de Panamá, quien actúa en su propio nombre y representación, en su condición de demandante dentro del presente proceso, y quien se denominará en adelante La Parte Actora, concurrimos ante esta augusta Sala, con el objeto de presentar como en efecto lo hacemos Transacción Judicial, con el objeto de poner fin al proceso sumario que en la actualidad se encuentra radicado en la Sala Primera de la Honorable Corte Suprema de Justicia, por razón de Recursos de Casación y que fuesen interpuestos por Las partes.

La presente transacción judicial la celebran las Partes con arreglo a lo siguiente:

Primero

Declara La Parte Actora que ha interpuesto proceso sumario en contra de La Demandada el cual ha quedado radicado en el Juzgado Sexto del Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo de lo Civil, y que por razón de recursos interpuestos por Las partes se encuentra radicado en la Sala de lo Civil, de la Honorable Corte Suprema de Justicia.

Segundo

Declaran Las Partes que han acordado, en base al correspondiente poder otorgado por La demandada y La Parte Actora en su propio nombre y representación que han acordado poner fin al proceso mencionado en el hecho primero del presente documento, para lo cual han convenido en suscribir, como en efecto lo hacen y presentar en forma...

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