Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 29 de Julio de 1994

PonenteELOY ALFARO DE ALBA
Fecha de Resolución29 de Julio de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El H.M.C.L.L.T. solicita al resto de la Sala de lo Civil, se le declare impedido para conocer del presente recurso de casación interpuesto por PETROTERMINAL DE PANAMÁ, S. A. dentro del Proceso Ordinario propuesto por C.R.F., TILCIA DE FRANCESCHI, CARLCIA, S.A. Y LOS ÁNGELES, S.A. contra el recurrente.

El motivo de su impedimento consta en escrito de fecha 20 de julio de 1994, que a la letra dice:

"...

Con todo respeto, pido que se me separe del conocimiento del presente Juicio Ordinario presentado por C.R.F. y Otros contra Petroterminal de Panamá, S.A., en virtud de que tuve participación en el mismo, cuando formaba parte de la firma G., A. y L., quienes fungen como apoderados de la sociedad demandada, causal de impedimento que contempla el numeral 5º del artículo 749 del Código Judicial.

Así lo solicito muy respetuosamente.

Panamá, veinte (20) de julio de mil novecientos noventa y cuatro (1994) ..."

Concluido el examen de rigor del presente negocio, se observa que la circunstancia anotada...

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