Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 6 de Mayo de 1998

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 1998
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Ha ingresado a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia la denuncia presentada por M.V.J. contra N.J. y R.N.J., Magistrados del Primer Tribunal Superior de Justicia, por la supuesta comisión de delito contra la administración pública, contra la comunidad internacional y "por irregularidad en el procedimiento, extralimitación de funciones (Artículo 18 de la Constitución), faltas a la ética judicial (Artículo 440 del Código Judicial) y también por ignorancia supina de la ley" (f. 1).

Explica el denunciante que "los magistrados N.J.Y.R. NAVARRO JURADO, han abusado de su cargo, puesto que la orden emitida al juez S. que continúe el trámite de esta demanda en reconvención para la cual no tiene jurisdicción ni competencia, es un hecho arbitrario que permite un perjuicio en mi contra" (f. 5), y que contraviene "el cumplimiento de la CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, Ley 15 de 28 de octubre de 1997 y la CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE EL DERECHO DE AUTOR EN OBRAS LITERARIAS, CIENTÍFICAS Y ARTÍSTICAS, Ley 5 de 9 de noviembre de 1982, delito tipificado en el artículo 313 del Código Penal" (f. 7).

En la vista remisoria del negocio, el Procurador General de la Nación expresa que "En el caso que nos ocupa no se puede alegar una presunta obstaculización del cumplimiento de un compromiso internacional en el acto de producir una resolución que tiene como fin dilucidar un conflicto presentado ante la autoridad que emite la misma" (f. 45). De igual manera, el representante del Ministerio Público sostiene que "no concurren en la actuación de los funcionarios denunciados los presupuestos establecidos por el artículo 336, habida consideración de que ... actuaron en concordancia con las funciones que les establece el Código Judicial" (f. 46). Por consiguiente, solicita se dicte "en la presente sumaria un sobreseimiento definitivo de carácter objetivo e impersonal de acuerdo a lo establecido en el artículo 2210, numeral 2, del Código Judicial" (f. 47).

Un análisis de la iniciativa procesal propuesta y de los elementos...

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