Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 12 de Agosto de 1999

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución12 de Agosto de 1999
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado E.M.R., en representación de CHAN CHI YUNG, presentó ante la Secretaría de la Sala Penal de la Corte Suprema, escrito en la cual manifiesta ratificarse de las pruebas presentadas en el recurso de revisión contra las sentencias de 3 de junio de 1997 del Juzgado Décimo del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Penal, confirmada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia el 11 de agosto de 1998 y contra la Resolución del Juzgado Tercero Municipal Penal del Distrito de Panamá fechada 22 de junio de 1998, luego que esta Superioridad admitiera el recurso interpuesto y abriera el proceso a pruebas mediante resolución de 10 de junio de 1999.

Al solicitar la revisión del proceso, se aportaron las siguientes pruebas documentales:

  1. Copia autenticada de la sentencia de 22 de junio de 19998 del Juzgado Tercero del Distrito de Panamá, Ramo Penal;

  2. Certificado de la Dirección Nacional de Cedulación donde consta que CHANG CHI YUNG es el dueño de la cédula No. E-8-52436.

  3. Copia autenticada por el Director Nacional de Cedulación de la cédula de identidad de CHANG CHI YUNG;

  4. Copia autenticada de la sentencia de 3 de junio de 1997, proferida por el Juzgado Décimo de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá.

  5. Copia autenticada de la sentencia de 11 de agosto de 1998 del Segundo Tribunal Superior de Justicia;

  6. Copia autenticada de la declaración jurada rendida por CHANG CHI YUNG ante la Policía Técnica Judicial de la Chorrera el 30 de agosto de 1994;

  7. Copia autenticada de la Resolución de 21 de enero de 1998 de Juzgado Décimo de Circuito Judicial del Primer Circuito Judicial de Panamá, de lo Penal.

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