Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 14 de Abril de 1999

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución14 de Abril de 1999
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Dentro del trámite del recurso de casación propuesto en el proceso penal que se le sigue a A.H.H. por delito contra la fe pública, la licenciada T.Y.L. solicita se le conceda al imputado permiso de salida del país "a partir del día 15 de abril al 15 de mayo de 1999, para viajar al Reino de los Países Bajos (Holanda) con el objeto de asistir al matrimonio de su hermano R.H. y someterse a un tratamiento médico" (f. 270).

Al contestar el traslado que le fuera corrido de esta petición, el Procurador General de la Nación, mediante vista fiscal N° 31 de 12 de abril de 1999, opinó que "Considerando los antecedentes de conducta de H.H.A., quien hasta el momento no ha demostrado intención alguna de rehuir sus obligaciones y dejar de apersonarse ante las autoridades competentes cuando así le sea requerido ... recomiendo, salvo mejor criterio, acceder a la solicitud" (f. 277).

El examen del expediente permite conocer que la Fiscalía Auxiliar de la República, mediante resolución calendada 10 de enero de 1996, decretó la detención preventiva de A.H.H., por encontrarse vinculado a la comisión de delito contra la fe pública (fs. 42-44). Sin embargo, la medida cautelar personal tuvo un efecto provisorio, ya que posteriormente al sumariado le fue concedido el beneficio de fianza de excarcelación (f. 143), cuya cuantía fue fijada en 5 mil dólares (f. 150).

La Sala observa que luego de que el imputado obtuviera su...

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