Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 17 de Julio de 1997

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución17 de Julio de 1997
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Procedente del Juzgado Quinto de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, ingresó a la Sala Penal de la Corte Suprema la solicitud que presentara el Licenciado CARMELO GONZÁLEZ, en representación de F.D.P.A., para que se practique una Diligencia Exhibitoria en los archivos que contienen las actas del Consejo General Universitario de la Universidad Tecnológica de Panamá y los expedientes de los graduandos de post-grado y maestría que se encuentran en la Secretaría General de dicha Universidad, ubicados en la Vía R.J.A., antigua clínica O..

Una lectura del escrito en que se pide la diligencia exhibitoria, nos permite señalar que, a raíz de ciertas declaraciones que hiciera F.D.P.A., estudiante de la Universidad Tecnológica, donde señalaba la existencia de irregularidades en el otorgamiento de títulos de post-grado y maestría en dicha universidad, el Rector nombró una comisión para que procediera a efectuar la investigación correspondiente, la que al finalizar su labor, rindió un informe en donde recomendaba que se tomaran acciones legales contra PÉREZ ACUÑA, profiriendo la rectoría la resolución número RVTP-RG-O1-97 de 6 de marzo de 1997, que sancionó con un año de suspensión "al estudiante F.D.P. ACUÑA".

La petición formulada tiende, al decir del peticionario, "a recabar las pruebas conducentes a establecer el hecho concreto de la emisión de títulos de maestría sin los requisitos exigidos por el estatuto en su artículo 237".

Para resolver acerca de lo solicitado, previamente se formulan las siguientes consideraciones.

Entre los negocios que debe conocer esta S. en primera instancia, conforme al numeral 1º del artículo 95 del Código Judicial, se encuentran las causas por delitos o faltas cometidos por ..." los directores y gerentes de instituciones autónomas y semi-autónomas y a su vez, el artículo 1º de la ley 17 de 9 de octubre de 1994, por la cual se organiza la Universidad Tecnológica de la Universidad de Panamá señala que ésta tendrá carácter oficial o estatal y en su artículo 5º preceptúa que es una entidad autónoma, con personería jurídica, patrimonio propio y derecho a administrarlo.

La...

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