Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 26 de Julio de 1996

PonenteCARLOS H. CUESTAS
Fecha de Resolución26 de Julio de 1996
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para decidir sobre su mérito legal, la Procuraduría General de la Nación ha remitido las sumarias instruidas con motivo de denuncia que interpusieran F.A.M.C., D.P.R. y E.A.S.S. contra L.S., Director Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, por los delitos de abuso de autoridad y extralimitación de funciones.

Según se expresa en el libelo de la denuncia, la imputación se fundamenta en que el licenciado L.S., mediante resolución Nº 88 de 14 de mayo de 1996, autorizó "la expedición de trece (13) cupos nuevos en la ruta FRONTERA PANAMÁ Y VICEVERSA a la empresa TRANSPORTE Y TURISMO PANAFROM, S. A." (f. 2), sin previamente realizar "ningún estudio técnico o de factibilidad, tal y como se contiene en el artículo 2 de la Ley 14 de 1993" (f. 3). De la misma manera, expresan los denunciantes que la referida Resolución Nº 88 "ha olvidado la preferencia que confiere la Ley a quienes aparezcan registrados como concesionarios de otras líneas dentro de la misma ruta ... que pudieran verse afectados ... como es el caso de la empresa TERMINALES PANAMÁ DAVID" (f. 6), y "ha rebasado el marco de legalidad que le impone el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley 14 de 1993 ... para conceder los certificados de operación" (f. 7); conducta que, a juicio de los denunciantes, ha infringido el artículo 336 del Código Penal.

Una vez aprehendido el conocimiento de la denuncia, el Titular del Ministerio Público, mediante Vista Nº 46 calendada 10 de julio del año que decurre, señala que "las supuestas acciones ejecutadas por el prenombrado no han sido corroboradas por medio probatorio fehaciente e idóneo" (f. 22), por lo que solicita el archivo del sumario.

Esta Corporación de Justicia advierte que por razón de los delitos que se le endilgan al licenciado L.S., la causa corresponde a los procesos especiales contra servidores públicos, de donde sigue el requerimiento preceptuado en los artículos 2468 y 2471 del Código Judicial, "consistente en que la denuncia interpuesta debe ser acompañada por la prueba sumaria del relato, es decir, cualquier medio probatorio que...

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