Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 3 de Marzo de 2000

PonenteADÁN ARNULFO ARJONA L
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2000
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Para la calificación legal de rigor han sido remitidas Al Pleno de esta Máxima Corporación de Justicia por parte de la Procuraduría General de la Nación las sumarias relacionadas con la denuncia presentada por la licenciada R.M.S. contra el Ministro de Salud doctor J.M.T., por el supuesto DELITO CONTRA LA FE PUBLICA (falsificación de documento, y ejercicio ilegal de la profesión de Médico).

FUNDAMENTO DE LA DENUNCIA PENAL

La denuncia criminal en comento fue presentada ante el Despacho del señor P. General de la Nación el 22 de enero de 1999, y en ella plantea la denunciante que el señor T.S. presuntamente ha falsificado documentos y que está ejerciendo la profesión de médico de manera ilegal, dado que en su poder se encuentra dos (2) copias de diploma de Médico Cirujano del precitado, y que las mismas son diferentes a pesar de que fueron expedidas en la misma fecha, el mismo año y la misma universidad.

En efecto, la parte denunciante expone la acusación vertida en base a los argumentos ampliados sucesivamente (ver fojas de 1-7; de 8-11; de 68-71; de 72-74; y foja 75 de los antecedentes) y que reproducimos a continuación en forma sucinta:

Mi presencia ante este despacho obedece a mi deseo de presentar denuncia por FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO, EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESION DE MEDICO y cualquier otro delito que pueda probarse en el transcurso de la instrucción sumaria. Esta denuncia la estoy basando en el hecho de que en mi poder reposan dos (2) copias de diploma de Médicos Cirujanos del señor M.T.S., siendo que las mismas son totalmente diferentes a pesar de que se supone que fueron expedidas en la misma fecha, el mismo año y por la misma universidad. Dichas fotocopias las estoy aportando con la presente denuncia, además de copias de los créditos presen como expedidos a favor del señor T.S. por la Universidad del Noreste, ubicada en la República de Méjico, adicionalmente también aporto copia de la fotografía que aparece en los créditos originales expedidos por esta universidad a nombre de J.M.T.S. y que solicito se investigue y se haga un peritaje pues dicha fotografía no es del precitado señor (SE DEJA CONSTANCIA QUE EL DESPACHO RECIBE LOS DOCUMENTOS ANTES MENCIONADOS). Como aclaración deseo manifestar que la copia del diploma en que aparece la fotografía del señor T.S. de lado sonriente, es la que el mismo aportó al Ministerio de Educacación y la otra copia donde aparece de frente y serio es la que aportó al Ministerio de Salud al momento de tramitar su idoneidad como médico para ejercer en la República de Panamá

Mi presencia ante este despacho en el día de hoy obedece a que deseo aportar, como parte de la denuncia por mi presentada el 22 de enero del año en curso en contra del señor J.M.T.S. por Falsificación de Documentos, Ejercicio Ilegal de la Profesión de Médico y cualquier otro delito que surja de la investigación, dejo constancia que estoy haciendo entrega al despacho de copia de créditos emitidos por la Universidad del Noreste, créditos éstos que no coinciden por los presentado por el día de la presentación de la denuncia, además estoy haciendo entrega de fotocopia de certificación expedida por el Consejo Técnico de Salud, donde consta que en el expediente del D.T., S. que consta en esa institución no se encuentra copia de la documentación del externado ni del servicio social que éste debió prestar como requisito indispensable para la terminación de la carrera de medicina

"Señor Fiscal mi presencia en el Despacho en el día de hoy, obedece a que deseo aportar al expediente contentivo de la denuncia por mí presentada en contra de J.M.T.S., una certificación emitida por el señor C.M.A., con cédula 8-81-56, mejor conocido como CARLOS DE PANAMA, por la amplia experiencia que tiene en todo lo que a fotografía se refiere y en la cual nos certifica que después de ampliar la fotografía que obra en el expediente a fojas 4 y la que obra a foja 5, además de la que obra a fojas 10, pudo determinar que las de las fojas 4 y 5 pertenecen a la misma persona no así, la de la foja 10, que a pesar de tener el mismo nombre, no concuerdan con el parecido físico de J.M.T.S.. Quiero dejar constancia que a fojas 3 del expediente se encuentra una ampliación por mí aportada de la fotografía de los créditos de la foja 10 que fue la que utilizó el fotógrafo como punto de comparación con las otras dos (SE DEJA CONSTANCIA QUE LA DENUNCIANTE HACE...

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