Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 3 de Mayo de 1994

PonenteRODRIGO MOLINA A
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 1994
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado R.L.V. ha presentado Incidente de Desacato contra el Juez del Tribunal Marítimo, por incumplimiento de la sentencia de 28 de febrero de 1994 dictada por el Pleno de esta Corporación de Justicia en la demanda de Amparo de Garantías Constitucionales propuesta por los señores L.M.O. y JOSÉ ANTONIO OSTIZ contra órdenes contenidas en las resoluciones de 6 y 26 de julio y las de 16 y 25 de noviembre de 1993 proferidas por el Tribunal Marítimo.

Del escrito presentado por el procurador de los amparistas se colige que se acusa al Tribunal Marítimo de no acatar la decisión de la Corte recaiga en la acción de amparo antes aludida, por el hecho de haber resuelto que: "se abstiene de adjudicar la M/N Pacífico "C" en este proceso a los señores L.M. y J.A.O. por la creencia laboral que tienen por resolución del Juzgado III de trabajo de la Primera Sección".

En la sentencia de 28 de febrero de 1994, la Corte revocó órdenes del Tribunal Marítimo que impedían a los amparistas, en su calidad de ejecutantes, hacer posturas por cuenta de su crédito (art. 550 CPM) dentro del remate de la nave. Igualmente, aclara la situación prevista en el art. 547A del CPM, de que en el tercer remate las posturas podrán hacerse por cualquier suma, bien sea por el ejecutante (por cuenta de su crédito) o por otros postores. Además, revoca la resolución por la que el Juez Marítimo...

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