Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 21 de Junio de 2000

PonenteCÉSAR PEREIRA BURGOS
Fecha de Resolución21 de Junio de 2000
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La Sala

Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, conoce de la

denuncia por faltas a la ética y responsabilidad del abogado, interpuesta por

la señora CECILIA L. LAMELA DE BRIN contra la licenciada I.M.V..

A estos

efectos se observa a fojas 17-18 que el Tribunal de Honor del Colegio Nacional

de Abogados solicita a esta Corporación que se decrete la citación a juicio de

la licenciada I.M.V., por la infracción del artículo 34 literales ch

y d del Código de Ética y Responsabilidad del Abogado.

Esta

Superioridad estima conveniente analizar la denuncia presentada en contra de la

licenciada I.M.V., siendo esta la siguiente:

La señora

CECILIA L. LAMELA DE BRIN el día 19 de mayo de 1995 presentó denuncia en contra

de la licenciada I.M.V., señalando en la misma que por Demanda de

Interdicción propuesta por el señor M.L. en contra de su madre otorgó

poder a la Licenciada I.M.V. para que propusiera oposición a la

Demanda de Interdicción. La señora C.L.D.B. indica que la

Licenciada I.M.V. estableció sus honorarios en la en la suma de tres

mil quinientos balboas (B/.3500.00), solicitando con urgencia un abono por la

suma de mil quinientos balboas (B/.1500.00) la cual le fue entregada Continua

su relato la señora LAMELA DE BRIN señalando lo difícil que le fue comunicarse

con la licenciada MORA hasta que recibió una llamada donde le explicaba que

tenía "MUCHOS OTROS NEGOCIOS QUE ATENDER"; la señora LAMELA DE B. le sugirió

en esta ocasión a la licenciada I.M.V. que se reunieran, la Sra.

LAMELA DE B. le indico a la licenciada M.V. que después de reunirse

con ella tenía que reunirse con otro abogado para tratar otro caso diferente,

señala la denunciante que la licenciada M.V. le respondió que fuera

urgente a la oficina de los Garajes Excalibur, que "NO FIRMARA PODER ALGUNO A

OTRO ABOGADO, YA QUE O LE DABA TODOS MIS CASOS O RENUNCIABA A LOS ANTERIORES".

La señora L. indica que no supo nada de la Licenciada MORA VALDÉS hasta que

recibió una carta de ésta fechada 18 de abril de 1995 donde le señalaba:

Tengo el agrado de dirigirme a usted en ocasión de informarle tanto

a usted como al benemérito Tribunal, mi RENUNCIA IRREVOCABLE al mandato acogido

el 23 de marzo de 1995, en el Juzgado Quinto de Circuito-Civil, para

representarla a usted, a su madre ...

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