Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 21 de Octubre de 1998

PonenteCARLOS H. CUESTAS G
Fecha de Resolución21 de Octubre de 1998
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema, mediante pronunciamiento de 15 de septiembre de 1998, resolvió denuncia presentada por D.M. contra el Procurador General de la Nación, J.A.S..

En aquella ocasión, esta Superioridad sentenció:

"... el PLENO de la CORTE SUPREMA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, SOBRESEE DE MANERA OBJETIVA E IMPERSONAL en esta causa, con fundamento en el numeral 2 del artículo 2210 del Código Judicial, y DECLINA ante el Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial, de turno, el conocimiento de la situación procesal de J.M.C., S. General de la Procuraduría General de la Nación". (F. 87, cuaderno de denuncia).

Considera esta Corporación de Justicia que en el presente caso procede una corrección de la decisión anotada, toda vez que la autoridad competente para conocer de los delitos o faltas cometidas por el S. General de la Procuraduría General de la Nación es la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia; tal como lo estableció el Pleno de esta Corte, en fallo de 26 de mayo de 1994. En aquella ocasión la Corte se pronunció sobre los cargos formulados contra J.R.V.C., en ese entonces Procurador General de la Nación; sin embargo, en lo concerniente a las acusaciones planteadas contra A.M., A.M. y G.P. -quien fungía como S. General de la Procuraduría General de la Nación-, el Pleno declinó competencia ante la Sala Penal de la Corte. (vid. R.J. -mayo, 1994, pp. 157-162).

El artículo 345 establece que el S. General de la Procuraduría General de la Nación debe cumplir con los mismos requisitos que exige la ley para ocupar el cargo de S. General de la Corte Suprema. A su vez, los artículos 82 y 84 de la excerta procesal disponen, respectivamente, que el S. General de la Corte Suprema goza de iguales privilegios que los Magistrados de Tribunales Superiores y que...

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