Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 24 de Agosto de 1994

PonenteRAÚL TRUJILLO MIRANDA
Fecha de Resolución24 de Agosto de 1994
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El 5 de julio de 1994, la Fiscalía Primera Delegada de la Procuraduría General de la Nación comisionó al Juzgado Décimo Cuarto del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Penal, en turno, para que investigue a los Miembros de la Comisión Nacional de Reaseguros del Ministerio de Comercio e Industrias por el supuesto delito contra la Administración Pública en perjuicio de LATINOAMERICANA DE REASEGUROS, S. A. (LARSA), según denuncia presentada por su representante legal, licenciado L.J.O., quien a su vez, solicitó la autorización para un secuestro penal contra los bienes de la empresa denunciante, en virtud de que los mismos se encuentran en poder de la Comisión Nacional de Reaseguros del Ministerio de Comercio e Industrias.

Realizada la investigación y remitido al Juzgado Decimocuarto de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, este tribunal, mediante Auto Nº 33 de 7 de julio de 1994. dispuso inhibirse de conocer de este asunto penal. Así, en la parte medular expresa:

"...

Se advierte que esta comisión está integrada por dos (2) Ministros y de conformidad con la denuncia uno de los denunciados R.F., es actual Ministro de Comercio e Industria, en esta circunstancia de conformidad con el artículo 87 Ordinal 2º del Código Judicial, el Juzgado debe abstenerse de conocer la presente petición de Secuestro y por ser la instancia del Órgano Juridiccional (sic), competente para conocer de la causa contra los Ministro (sic) de Estado.

Por todo lo antes expuesto el suscrito JUEZ DECIMOCUARTO DE CIRCUITO DE LO PENAL, DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley; Se INHIBE de conocer la presente solicitud de Secuestro y la REMITE, al PLENO de la HONORABLE CORTE SUPREMA DE JUSTICIA por ser la Instancia Competente.

...".

Seguidamente, el funcionario judicial remitió a la Corte Suprema el expediente...

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