Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 26 de Marzo de 1999

PonenteROGELIO A. FABREGA Z
Fecha de Resolución26 de Marzo de 1999
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El escrito de queja formulado por el licenciado I.T.Q. contra el Honorable Magistrado ANDRES A. ALMENDRAL C. del Segundo Tribunal Superior de Justicia, fue admitido por el Magistrado Sustanciador, ordenándose la citación del quejoso, para que, bajo la gravedad de juramento, se ratificara de los cargos contra el funcionario judicial, si a bien lo tuviere.

Cumplida la ritualidad anterior, el licenciado I.T.Q., compareció ante la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, según consta en la declaración jurada que rindiera el 26 de noviembre de 1998, obrante a fojas 47-48 del expediente principal, por lo que se procedió a dar traslado de los antecedentes de la queja al funcionario acusado.

El Honorable Magistrado ANDRES ALMENDRAL dió contestación mediante escrito que corre de fojas 50 a 60.

Antes de entrar a resolver el negocio que nos ocupa, el Magistrado Sustanciador, por medio de la Secretaría General, solicitó al Juzgado Octavo de Circuito Penal, los cuadernillos que contienen las Tercerías Incidentales promovidas por TRIANON MANAGEMENT, S.A., AROSEMENA Y AROSEMENA y NUEVO PLUTON, S.A., dentro del proceso penal seguido a ROY ANTADILLAS PERIGAULT, siendo recibidos los mismos mediante Oficio No. 24 de 6 de enero de 1999.

La fundamentación fáctica de la queja obedece a la decisión del Magistrado Sustanciador, A.A.A.C., del Segundo Tribunal de Justicia, al abstenerse de resolver las Tercerías Incidentales presentadas ante ese despacho, y, proceder a la remisión de las mismas al Juez a-quo, por lo que estima el recurrente que se han violado las disposiciones contenidas en los artículos 2057-A, 2057-B y 2057-C, del Código Judicial.

Con respecto a lo anterior, el Magistrado acusado expuso los antecedentes y fundamentos legales, a objeto de sustentar lo actuado por él, como Magistrado Sustanciador, por lo que resulta conveniente referirse brevemente a ello, a fin de poder hacer una evaluación objetiva y dentro del marco jurídico, sobre la actuación cuestionada.

En el Juzgado Octavo del Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial, se tramitó el proceso principal de las sumarias en investigación contra el señor R.A.A.P., por el delito contra la salud pública, dictándose a su favor un sobreseimiento definitivo el 12 de marzo de 1997, siendo apelada dicha decisión por la Fiscalía Octava del Circuito. Surtida la alzada de rigor, el tribunal de segunda instancia resolvió reformar la resolución apelada, mediante resolución de 4 de...

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