Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 29 de Marzo de 2001

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2001
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

En virtud de la declinatoria efectuada por la Sala Penal, corresponde a este despacho, en nuevo reparto conocer de la acusación particular que presentara el licenciado E.V.A., en representación de J.E.D.P., contra J.L.S., Director de la Policía Nacional, T.R.G.T., F.B. y J.C., oficiales de la Fuerza Pública, por los delitos de abuso de autoridad, infracción de los deberes de servidores públicos, contra la libertad individual, asociación ilícita para delinquir, calumnia e injuria, simulación de hechos punibles y calumnia en actuaciones judiciales.

Dentro de este contexto, observa el Pleno que el señor J.L.S. dejó de ocupar el cargo de Director de la Policía Nacional el 1ro. de septiembre de 1999, razón por la cual esta Superioridad no tiene competencia para entrar a resolver esta causa.

En esa línea de pensamiento, de conformidad con lo preceptuado en el numeral 15, de la disposición 159 del Código Judicial, le corresponde el conocimiento de la causa al juzgado de circuito penal de turno, toda vez que uno de los delitos señalados en la presente...

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