Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 29 de Abril de 1996

PonenteLUIS CERVANTES DÍAZ
Fecha de Resolución29 de Abril de 1996
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Magistrado E.S. ha solicitado que se le separe del conocimiento de la acción de constitucionalidad propuesta por el Lic. A.P. contra la Ley Nº 7 del 7 de marzo de 1995.

El Magistrado Salas fundamenta su solicitud en lo siguiente:

Respetuosamente solicito al Pleno de la Corte me separe del conocimiento de esta demanda de Inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley Nº 7 de 7 de marzo de 1995, la cual modifica y adiciona artículos de la Ley Nº 5 de 1995 que crea la Autoridad de la Región Interoceánica y adopta medidas sobre bienes revertidos, lo que incluye la regulación de los contratos de arrendamiento de dichos bienes en sus artículos 17 y 18. En la actualidad soy inquilino de uno de estos bienes, condición que afecta mi interés en la decisión de este negocio.

El hecho arriba expresado configura la causal de impedimento preceptuada en el ordinal 3 del artículo 2562 y numeral 6 del artículo 749 del Código Judicial y, en consecuencia, considero debe declararse legal el impedimento que por este medio manifiesto.

Panamá, 10 de abril de 1996.

Ya la Corte, con anterioridad, al calificar el impedimento manifestado por la M.M.F. de A. similar al expresado por el Lic. Salas...

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