Resolución Nº 88/08 de 23 de diciembre de 2008, 'POR LA CUAL SE INSCRIBE EN EL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO LA EMPRESA HOSPEDAJE DEL PACÍFICO S.A.'.

RESOLUCION No. 88/08

De 23 de diciembre de 2008

EL ADMINISTRADOR GENERAL ENCARGADO DE LA AUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMA EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES.

CONSIDERANDO:

Que la empresa HOSPEDAJE DEL PACIFICO S.A., inscrita a Ficha 622572, Documento: 1375351, de la Sección de Micropelículas Mercantil del Registro Público, cuyo representante legal es Hassan Abou-Zeenni Waked, ha presentado solicitud para su inscripción en el Registro Nacional de Turismo, con el fin de acogerse a los beneficios fiscales establecidos en la Ley No. 58 de 28 de diciembre de 2006, para el desarrollo del proyecto de hospedaje público turístico, bajo la modalidad de hotel, denominado Grand Internacional, con una inversión declarada de Cuatro Millones Ochocientos Mil Balboas con 00/100. (B/. 4,800,000.00).

Que de acuerdo a informe turístico emitido por el Registro Nacional de Turismo, el proyecto de hospedaje público presentado por la empresa HOSPEDAJE DEL PACIFICO S.A., estará ubicado en Vía Argentina, diagonal al parque principal, Corregimiento de Bella Vista, Distrito de Panamá, Provincia de Panamá.

Dicho informe establece que el proyecto será construido sobre la Finca:

Descripción de la Finca

Propietario

Finca No. 53388, Rollo 1, Asiento 1, Documento 1, Edificio PH Del Prado, de la Sección de propiedad de Registro Público de Panamá. Este edificio esta constituido por 29 fincas ( Finca No. 53389, 53390,53391, 53392, 53393, 53394,53395,53396, 53397,53398,53399,53400, 53401, 53402, 53403, 53404,53405, 53406, 53407,53408,53409, 53410, 53412, 53413, 53414,53415, 53416, 53417,53418.)

Hospedaje del Pacífico S.A..

Cuyas áreas se encuentran fuera de Zona Turística.

Que de acuerdo con la Ley No. 58 de 28 de diciembre de 2006, sólo las inversiones turísticas que se destinen para la construcción, el equipamiento y la rehabilitación de establecimientos de alojamiento público turístico, bajo las modalidades de hotel, apartotel, cabañas o bungalow, hostal familiar, tiempo compartido y régimen turístico de propiedad horizontal, que estén ubicados fuera de áreas declaradas como zona de desarrollo turístico de interés nacional, gozarán, a partir de su inscripción en el Registro Nacional de Turismo, de incentivos fiscales.

Que el proyecto a incentivarse consiste en la remodelación interior y fachada del Edificio existente de Apartamentos Del Prado y convertirlo en un establecimiento de servicio de hospedaje público turístico que constará con 128 unidades habitacionales con los...

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