Decreto Ejecutivo Nº 64 de 30 de noviembre de 2007, "POR EL CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROGRAMA PARA LA SOLIDARIDAD ALIMENTARIA"

REPUBLICA DE PANAMA

MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

DECRETO EJECUTIVO Nº 64

(de 30 de noviembre de 2007)

"POR EL CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROGRAMA PARA LA SOLIDARIDAD ALIMENTARIA"

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que es función primordial del Estado implementar y desarrollar una política nacional alimentaria que provea el estado nutricional adecuado de toda la población, que garantice la accesibilidad y el consumo de los alimentos, y que permita satisfacer sus necesidades alimenticias, a precios razonables, promoviendo e incentivando la oferta adecuada de todos los productos de la cadena alimenticia.

Que la Resolución de Gabinete Nº124 de 22 de octubre de 2007, aprobó la creación del Programa para la Solidaridad Alimentaria, a fin de garantizar el acceso de la población a los productos alimenticios de primera necesidad.

Que la Resolución antes citada autoriza al Ministerio de Desarrollo Agropecuario para gestione los fondos necesarios para financiar el Programa para la Solidaridad Alimentaria, el cual se manejará a través de un Fideicomiso con el Banco Nacional de Panamá.

Que mediante la Resolución de Gabinete No.129 de 31 de octubre de 2007 se aprobó el Contrato de Fideicomiso a celebrarse entre el Ministerio de Desarrollo Agropecuario, como fideicomitente, y el Banco Nacional de Panamá, como fiduciario, para el Programa para la Solidaridad Alimentaria.

Que el día 2 de noviembre de 2007, se firmó el Contrato de Fideicomiso entre el Ministerio de Desarrollo Agropecuario y el Banco Nacional de Panamá, para la ejecución del Programa para la Solidaridad Alimentaria.

Que la Entidad Ejecutora del Programa para la Solidaridad Alimentaria le corresponderá al Instituto de Mercadeo Agropecuario.

Que para la ejecución de dicho fideicomiso se hace necesario la reglamentación del mismo.

Que luego de las consideraciones antes expuestas;

DECRETA:

Artículo 1

Establecer el Reglamento del Programa para la Solidaridad Alimentaria.

Artículo 2

Los desembolsos de los recursos del Fideicomiso del Programa para la Solidaridad Alimentaria, estarán sujetos a las disposiciones de la Ley Nº 1 de 5 de enero de 1984 "por la cual se regula el Fideicomiso en Panamá y se adoptan otras disposiciones", al Contrato de Fideicomiso y al presente reglamento, bajo la fiscalización de la Contraloría General de la República.

Artículo 3

El Instituto de Mercadeo Agropecuario, será la Entidad Ejecutora del Programa (la Entidad), por lo cual será responsable ante el Fiduciario de la coordinación, administración y ejecución del Programa...

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