Resolución Nº 2-2009 de 16 de enero de 2009, 'POR LA CUAL SE ESTABLECEN NUEVAS REGULACIONES A NIVEL NACIONAL PARA EL CÁLCULO DEL NÚMERO DE HABITANTES EN EDIFICIOS DE APARTAMENTOS Y ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE PÚBLICO Y SE REDEFINEN LOS COMPONENTES MÍNIMOS DE LA UNIDAD DE VIVIENDA'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE VIVIENDA

RESOLUCIÓN No. 2

(de 16 de Enero de 2009)

"Por la cual se establecen nuevas regulaciones a nivel nacional para el cálculo del número de habitantes en edificios de apartamentos y establecimientos de hospedaje público y se redefinen los componentes mínimos de la unidad de vivienda".

EL MINISTRO DE VIVIENDA

EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

C O N S I D E R A N D O :

Que es competencia de la Dirección de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda, de conformidad con el Capítulo III, Artículo 7, literal "a" de la Ley No.9 de 25 de enero de 1973, "proponer normas y reglamentaciones sobre desarrollo urbano y vivienda y aplicar las medidas necesarias para su cumplimiento".

Que actualmente, para los efectos del cálculo del número de habitantes en edificios de apartamentos y en establecimientos de hospedaje público que se construyen en la República de Panamá, está vigente la Resolución No.184-2003 de 20 de noviembre de 2003, expedida por el Ministerio de Vivienda.

Que la anterior disposición calcula las soluciones de apartamentos de una recámara, sin estudio ni sala familiar con dos (2) personas; soluciones de vivienda de 1 recámara con estudio y/o sala familiar con tres (3) personas; soluciones de viviendas de dos (2) recámaras sin estudio ni sala familiar con cuatro (4) personas; soluciones de viviendas de dos (2) recámaras con estudio y/o sala familiar con cinco (5) personas, soluciones de viviendas de tres (3) recámaras con cinco (5) personas.

Que para computar el número de unidades departamentales permitidas en un lote, se utiliza como unidad de medida, la vivienda por familia o sea la unidad de vivienda que permite alojar a una familia. La definición actual del Ministerio de Vivienda señala que los componentes de la unidad de vivienda son: vestíbulo, sala, comedor, recámaras, servicios sanitarios, terraza, balcón, portal, cuarto de estudio, sala familiar, cocina, lavandería, cuarto de empleada y garaje.

Que esta definición de los componentes de la unidad de vivienda permite apreciar claramente que actualmente, el único elemento o ambiente que se toma en cuenta para calcular el número de personas permitidas en un lote, es el número de recámaras que tendrá el apartamento.

Que sobre la base de esta consideración se ha detectado que en muchos casos, los arquitectos, proyectistas, diseñadores y promotores de...

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