Acuerdo Nº 76 de 23 de julio de 2008, "POR EL CUAL SE DECLARA ZONA DE REGULARIZACION LA FINCA PATRIMONIAL 105, UBICADA EN EL CORREGIMIENTO DE CHIRIQUI GRANDE, DISTRITO DE CHIRIQUI GRANDE, PROVINCIA DE BOCAS DEL TORO".

REPÚBLICA DE PANAMÁ

PROGRAMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS

COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO

ACUERDO No.76

(De 23 de julio de 2008)

"Por el cual se declara zona de regularización la Finca Patrimonial 105, ubicada en el Corregimiento de Chiriquí Grande, Distrito de Chiriquí Grande, Provincia de Bocas del Toro".

EL COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Ejecutivo N° 124 de 12 de septiembre de 2001, publicado en la Gaceta Oficial N° 24,390 de 18 de septiembre de 2001, se estableció la estructura de funcionamiento para el Programa Nacional de Administración de Tierras (PRONAT).

Que el ordinal 10 del artículo decimocuarto del Decreto Ejecutivo No. 124 de 12 de septiembre de 2001, señala como una de las funciones del Comité Técnico Operativo el "Declarar área de regularización mediante Acuerdo del Comité, motivado y expreso".

Que los trabajos de regularización responden al interés del Gobierno Nacional de garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra a una población estimada de 7800 habitantes, realizando un catastro físico y legal en una extensión aproximada 323 hectáreas + 280 m2., dentro de la zona ejidal del Corregimiento de Almirante, Distrito de Chiriquí Grande, Provincia de Bocas del Toro.

Que productos de los trabajos de regularización se levantaran aproximadamente 1800 predios, lo que permitirá a los ocupantes de estos predios obtener un título de propiedad, previo el cumplimiento de las normas nacionales vigentes.

Que las Instituciones Ejecutoras del Programa son: Por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales (DCBP); por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), la Dirección Nacional de Reforma Agraria (DINRA); por la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), la Dirección Nacional de Áreas Protegidas y Vida Silvestre; por el Ministerio de Gobierno y Justicia, la Dirección Nacional de Gobiernos Locales y la Dirección Nacional de Política Indigenista; por el Ministerio de Obras Públicas, el Instituto Geográfico Nacional "Tommy Guardia"; y el Registro Público de Panamá.

Que de acuerdo con la Ley 24 de 5 de julio de 2006 y del Decreto Ejecutivo 228 de 27 de septiembre de 2006, las entidades ejecutoras deben declarar las áreas de regularización a través de Acuerdo del Comité Técnico Operativo.

Que una vez culminado el proceso de análisis y revisión de los documentos, el Comité Técnico Operativo;

ACUERDA:

PRIMERO: Declarar zona de regularización el...

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