Acuerdo Nº 41 de 7 de junio de 2006, "POR EL CUAL SE DECLARA ZONA DE REGULARIZACIÓN LAS ÁREAS RURALES DE LOS DISTRITOS DE DAVID Y DOLEGA EN LA PROVINCIA DE CHIRIQUÍ"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

PROGRAMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS

COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO

ACUERDO N° 41

(De 07 de junio de 2006)

Por el cual se declara zona de regularización las áreas rurales de los Distritos de David y Dolega en la Provincia de Chiriquí.

El Comité Técnico Operativo

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Ejecutivo N° 124 de 12 de septiembre de 2001, publicado en la Gaceta Oficial N° 24,390 de 18 de septiembre de 2001, se estableció la estructura de funcionamiento para el Programa Nacional de Administración de Tierras (PRONAT).

Que el ordinal 10 del artículo decimocuarto del Decreto Ejecutivo No. 124 de 12 de septiembre de 2001, señala como una de las funciones del Comité Técnico Operativo el “Declarar área de regularización catastral mediante Acuerdo del Comité, motivado y expreso”.

Que la regularización y titulación rural en los Distritos de David y Dolega, responden al interés del Gobierno Nacional de garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra a una población estimada de 25,000 personas, realizando un catastro físico y legal en aproximadamente 13,000 predios en aproximadamente 65,600 hectáreas en el Distrito de David y a una población estimada de 3,188 personas, realizando un catastro físico y legal en aproximadamente 2,827 predios en aproximadamente 23,500 hectáreas en el Distrito de Dolega. Esto permitirá a los ocupantes de estos predios obtener un título de propiedad según las normas nacionales vigentes.

Que las Instituciones Ejecutoras del Programa son: Por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales (DCBP); por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), la Dirección Nacional de Reforma Agraria (DINRA); por la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), la Dirección Nacional de Patrimonio Natural; por el Ministerio de Gobierno y Justicia, la Dirección Nacional de Gobiernos Locales y la Dirección Nacional de Política Indigenista; por el Ministerio de Obras Públicas, el Instituto Geográfico Nacional “Tommy Guardia”; y el Registro Público de Panamá.

Que de acuerdo con la Metodología Única definida en los Manuales de Operaciones de Campo de PRONAT, las entidades ejecutoras deben declarar las zonas de regularización a través de Acuerdo del Comité Técnico Operativo.

Que una vez culminado el proceso de análisis y revisión de los documentos, el Comité Técnico Operativo,

ACUERDA:

PRIMERO: Declarar “zona de regularización catastral y titulación” las áreas...

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