Acuerdo Nº 84 de 30 de julio de 2009, 'POR EL CUAL SE DECLARA ZONA DE REGULARIZACIÓN LAS ZONAS EJIDAS DE LOS DISTRITOS DE CAÑAZAS, LAS PALMAS Y SANTA FE, PROVINCIA DE VERAGUAS'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

PROGRAMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS

COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO

ACUERDO Nº 84

(De 30 de julio de 2009)

"Por el cual se declara zona de regularización las zonas ejidales de los distritos de Cañazas, Las Palmas y Santa Fe, Provincia de Veraguas".

EL COMITÉ TÉCNICO OPERATIVO

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Ejecutivo N° 124 de 12 de septiembre de 2001, publicado en la Gaceta Oficial N° 24,390 de 18 de septiembre de 2001, se estableció la estructura de funcionamiento para el Programa Nacional de Administración de Tierras (PRONAT).

Que el ordinal 10 del artículo decimocuarto del Decreto Ejecutivo No. 124 de 12 de septiembre de 2001, señala como una de las funciones del Comité Técnico Operativo el "Declarar área de regularización mediante Acuerdo del Comité, motivado y expreso".

Que los trabajos de regularización responden al interés del Gobierno Nacional de garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra a una población estimada de 6607 habitantes, realizando un catastro físico y legal dentro de la zona ejidales de los distritos de Cañazas, Las Palmas y Santa Fe, Provincia de Veraguas.

Que productos de los trabajos de regularización se levantaran aproximadamente 1439 predios, lo que permitirá a los ocupantes de estos predios obtener un título de propiedad, previo el cumplimiento de las normas nacionales vigentes.

Que las Instituciones Ejecutoras del Programa son: Por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales (DCBP); por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), la Dirección Nacional de Reforma Agraria (DINRA); por la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), la Dirección Nacional de Áreas Protegidas y Vida Silvestre; por el Ministerio de Gobierno y Justicia, la Dirección Nacional de Gobiernos Locales y la Dirección Nacional de Política Indígena; por el Ministerio de Obras Públicas, el Instituto Geográfico Nacional "Tommy Guardia"; el Registro Público de Panamá y por el Ministerio de Vivienda, la Dirección de Desarrollo Urbano.

Que de acuerdo con la Ley 24 de 5 de julio de 2006 y del Decreto Ejecutivo 228 de 27 de septiembre de 2006, las entidades ejecutoras deben declarar las áreas de regularización a través de Acuerdo del Comité Técnico Operativo.

Que una vez culminado el proceso de análisis y revisión de los documentos, el Comité Técnico Operativo;

ACUERDA:

PRIMERO: Declarar zona de regularización el área dentro de las zonas ejidales de los...

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