Resolución J.D. Nº 21/2008 de 10 de julio de 2008, "POR LA CUAL SE MODIFICAN ALGUNOS ARTICULOS DE LA RESOLUCION Nº 51 DE 12 DE OCTUBRE DE 2005, RELATIVA AL REGLAMENTO PARA LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA CAJA DE AHORROS".

CAJA DE AHORROS

RESOLUCIÓN No. JD 21/2008

de 10 de julio de 2008

La Junta Directiva de la Caja de Ahorros,

en uso de sus facultades legales

Considerando:

Primero: Que el artículo 154 del Decreto Ley 9 de 1998 establece que todo Banco deberá comunicar a la Superintendencia sobre cualesquiera bienes, fondos y valores en su poder que permanezcan inactivos por cinco (5) años y pertenezcan a personas cuyo paradero se ignore. La Superintendencia, después de comprobar este hecho, ordenará que su valor líquido sea traspasado al Tesoro Nacional.

Segundo: Que el Acuerdo No. 03-2005 de 26 de enero de 2005 de la Superintendencia de Bancos en su artículo 7 establece que en el caso de encontrarse bienes y valores no líquidos en la cajillas de seguridad inactivas reportadas a la Superintendencia de Bancos, los mismos serán tratados de conformidad a lo pactado en el contrato de arrendamiento de cajillas de seguridad.

Tercero: Que los contratos de arrendamiento de cajillas de seguridad de la Caja de Ahorros no establecen un procedimiento específico para la liquidación de los bienes y valores encontrados en cajillas de seguridad inactivas, de forma tal que su valor líquido sea aplicado en primer lugar al saldo por cánones de arrendamiento atrasados y gastos incurridos y la diferencia sea traspasada al Tesoro Nacional tan pronto así lo ordene la Superintendencia de Bancos.

Cuarto: Que por todo lo anterior,

Resuelve:

Artículo Primero

Se modifica el párrafo inicial de la Resolución No. 51 de 12 de octubre de 2005 de la Junta Directiva de la Caja de Ahorros, de forma tal que el mismo quede así:

Adoptar un nuevo "Reglamento para la Venta de Bienes Muebles e Inmuebles de la Caja de Ahorros, adquiridos en pago total o parcial de obligaciones que hayan sido contraídas a su favor y aquellos reposeídos en la cartera de arrendamiento financiero, así como para la venta de bienes muebles depositados en cajillas de seguridad morosas o inactivas", conforme a los artículos siguientes:

Artículo Segundo

Se modifica el artículo primero de la Resolución No. 51 de 12 de octubre de 2005 de la Junta Directiva de la Caja de Ahorros, de forma tal que el mismo quede así:

Artículo 1

La venta de los Bienes Muebles e Inmuebles que la CAJA DE AHORROS haya adquirido en pago total o parcial de obligaciones que hayan sido contraídas a su favor y aquellos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR