Acuerdo Nº 27 de 6 de diciembre de 2005, POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CELEBRACION DE DIVERSIONES PUBLICAS Y SOBRE ESPECTACULOS PUBLICOS

Municipio de Las Tablas

Acuerdo No. 27

De 6 de Diciembre de 2005.

POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CELEBRACIÓN DE DIVERSIONES PÚBLICAS Y SOBRE ESPECTACULOS PÚBLICOS.

El Consejo Municipal del Distrito de Las Tablas

en uso de sus facultades legales y;

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Artículo 246 de la Constitución, la Ley 106 de 1973 y la Ley 55 de 1973, constituye fuente de ingresos municipal, los derechos sobre espectáculos públicos.

Que corresponde a los Concejos regular la vida jurídica de los municipios según lo determina la ley de régimen municipal.

Que el Código Administrativo faculta a las autoridades de policía aplicar las disposiciones referentes a las diversiones y espectáculos públicos.

Que de conformidad con el artículo 1205 del Código Administrativo toda fiesta y diversión que se realice en el Distrito debe contar con la autorización del Jefe de la Policía del Distrito.

ACUERDA

Artículo 1

Entiéndase por espectáculo público toda diversión pública celebrada en un lugar donde congregue la gente a participar de la misma o presenciarla.

Artículo 2

Siempre que en el Distrito se vaya a realizar una actividad de espectáculo público, en cualquier sitio, sea abierto o cerrado, tales como jorones, jardines, gimnasios salas de baile, centros de diversiones, rodeos o similares, requerirá de un permiso escrito del Alcalde. Previo visto bueno de la Junta Comunal respectiva.

Se exceptúan de este requisito aquellos lugares dedicados a la proyección de películas, salas de cine, teatro con motivos del desarrollo de sus actividades regulares y las que tengan fines educativos y culturales.

Artículo 3

Las personas naturales o jurídicas interesadas en obtener el permiso para la celebración de diversiones y espectáculos públicos, deberán presentar su solicitud en papel simple, por lo menos cinco (5) días hábiles de anticipación al evento al Alcalde, salvo los casos que la Ley le conceda otro término. Esta solicitud contendrá la siguiente información:

Nombre, cédula de identidad personal, domicilio de la persona natural o jurídica, responsable de la actividad; y del representante legal, en caso de persona jurídica.

Tipo de espectáculo.

Fecha, lugar o sitio en que se llevará a cabo el evento y la capacidad del mismo.

Indicar el valor o costo del boleto en...

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