Resuelto Nº 2476 de 9 de septiembre de 2009, 'POR EL CUAL SE MODIFICA EL RESUELTO 2189 DEL 20 DE AGOSTO DE 2009, RELATIVO A LA DELEGACIÓN DE FACULTADES EN ALGUNOS SERVIDORES PÚBLICOS PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resuelto No.2476

Panamá, 9 de septiembre de 2009

"Por el cual se modifica el Resuelto 2189 del 20 de agosto de 2009, relativo a la delegación de facultades en algunos servidores públicos para los procedimientos de contratación"

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que es función del Ministerio de Educación administrar y dirigir la política educativa nacional.

Que el Artículo 46 de la Ley 22 del 27 de junio de 2006 establece que la competencia para presidir los procedimientos de selección de contratista recae en el representante de la entidad que convoca el acto público correspondiente o en el servidor público en quien se delegue esta función;

Que este Ministerio mediante el Resuelto 2189 del 20 de agosto de 2009 y en cumplimiento del Artículo 1 de la Resolución No. 074-08 del 24 de noviembre de 2008 dictada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, delegó en algunos funcionarios las facultades para actuar en representación de la institución en los procedimientos de selección de contratista y de contratación;

Que el Artículo 9 de la Resolución No. 074-08 del 24 de noviembre de 2008 dictada por la Dirección General de Contrataciones Públicas establece que: "los servidores públicos, al momento de ejercer las facultades delegadas, deberán advertir que actúan por delegación y por consiguiente las facultades que se les han delegado son intransferibles a otros servidores públicos";

Que durante la ejecución del Resuelto 2189 del 20 de agosto de 2009, se ha detectado la omisión de una parte de la delegación con respecto a la facultad de firmar órdenes de compras, por lo cual se hace imperiosa su corrección, por tanto;

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO

Modificar el Artículo Primero del Resuelto 2189 del 20 de agosto de 2009, el cual queda así:

"ARTICULO PRIMERO: Delegar en el servidor público que ejerza el cargo de Jefe(a) de Compras las siguientes facultades:

Convocatoria del acto público de selección de contratista.

Cancelación de la convocatoria del acto público de selección de contratista.

Presidir el acto público de selección de contratista, que incluye la celebración de la reunión previa y homologación, cuando proceda.

Adjudicación del acto público de selección de contratista que no excedan los Quince Mil Balboas (B/.15,000.00).

Declaratoria de desierto del acto público de selección...

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